Aprobado en primer debate Proyecto de Acuerdo 293 de 2018

Con votación positiva pasa a segundo debate en Plenaria de la corporación, el Proyecto de Acuerdo que declara a Bogotá D.C., una ciudad libre de discriminación y se dictan otras disposiciones.

En el mundo de hoy día, se encuentran nuevas formas de discriminación que no necesariamente están ligadas a la raza y entre ellas se pueden contemplar las doctrinas dogmáticas, sistemas políticos excluyentes, conductas, actitudes y comportamientos hacia una persona o colectividad bajo el falso paradigma de relaciones de inferioridad.  La discriminación es un sentido o incapacidad de aceptar al otro tal como es, es decir con su forma de pensar, sentir y actuar; ignorando desde luego su cosmovisión, negándose a aceptar las diferencias, que lleva como resultado el desencadenamiento de acciones de irrespeto de la dignidad de la persona.  Entre este grupo de personas que sufren la discriminación e intolerancia encontramos: las mujeres y niñas; los migrantes, desplazados y refugiados; población negra, indígena y demás grupos étnicos, campesinos, el antisemitismo; discriminación contra los árabes y musulmanes etc.

Una de las principales fuentes de la desigualdad, es la discriminación. Según Cesar Rodríguez, en su texto titulado Derecho a la igualdad, "los ingresos, la clase social y la raza, factores tales como el género, el origen étnico, la nacionalidad, la filiación religiosa o la ideología política" dan lugar a las formas de discriminación.

En Colombia, existen mecanismos internacionales, disposiciones constitucionales, así como reglas y sub reglas jurisprudenciales que determinan el alcance y contenido del derecho fundamental a no ser discriminado. Como quedo anotado en precedencia, todas las personas gozan de la protección iusfundamental de dicho derecho, cuya observancia está a cargo de todas las autoridades (públicas o privadas), los sectores o grupos sociales y la ciudadanía en general, con el propósito de eliminar cualquier acto o manifestación de discriminación por razones de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. El amparo del derecho fundamental a no ser discriminado no es más que la respuesta natural que emerge de la manifestación propia de la dignidad del ser humano, protección que debe proyectarse hacia su consolidación plena y efectiva.

Las víctimas de actos de discriminación por razones de raza, sexo, idioma, religión u opinión política, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social, son sujetos de especial protección constitucional.

Es necesario y pertinente, que en  la ciudad de Bogotá se implementen todos los mecanismos legales que promuevan la no discriminación, esto en aras de lograr un respeto real por la dignidad humana, esto mirándolo desde la protección que tiene como derecho fundamental, se debe propender porque en Bogotá exista en la medida de lo posible un paz sostenible y esto se logra eliminando toda forma de discriminación latente, no es posible lograr una paz real si en la ciudad se generan actos discriminatorios, que atenten contra la diversidad cultural e ideologías de género, debemos salvaguardar los derechos de tercera generación entre los cuales están los culturales.

La presente iniciativa tiene armonía con el plan de desarrollo de la actual administración, el cual busca la inclusión de todos los ciudadanos y aborda de manera directa la igualdad de derechos en su primer pilar: Igualdad de calidad de vida

Además de lo anterior, la iniciativa se enmarca dentro de lo dispuesto en el numeral 14 del artículo 93 del Código Nacional de Policía y Convivencia, en donde se contempla que la acción de “Limitar o vetar el acceso a lugares abiertos al público o eventos públicos a personas en razón de su raza, sexo, orientación sexual, identidad de género, condición social o económica, en situación de discapacidad o por otros motivos de discriminación similar”, tendrá la medida correctiva de una multa general tipo 4”.

Este proyecto de acuerdo es pertinente ya que propende por eliminar cualquier forma de discriminación   y así cumplir con el respeto a los derechos humanos, es una iniciativa que dignifica a todas las poblaciones que hoy se ven excluidas y segregadas por diferentes estereotipos sociales.

Teniendo en cuenta las justificaciones que brinda el Proyecto de Acuerdo 293 de 2018 y con fundamento en las facultades otorgadas al Concejo de Bogotá mediante el Acuerdo 348 de 2008 y con mérito en lo expuesto me permito rendir PONENCIA POSITIVA a la iniciativa propuesta.

 

 

 

Fuente: https://rincondelbibliotecario.blogspot.com/2011/08/que-es-la-discriminacion.html

Sentencia T-291/16

PROYECTO DE ACUERDO No.  293 DE 2018

Rostros y Rastros. Seguimiento, análisis e interpretaciones de las Políticas Públicas Poblacionales. Año 2. N. °7. Trimestre julio-septiembre 2014.     

Logo de El Concejo de Bogotá en TV
El Concejo de Bogotá en TV

Logo de Sesiones del Concejo de Bogotá
Sesiones del Concejo de Bogotá

Logo de Qué pasó en el Concejo
Qué pasó en el Concejo

Logo de LSC
LSC

Logo de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas
Audiencia Pública de Rendición de Cuentas

Logo de Ordenes al Mérito y Convocatorias
Ordenes al Mérito y Convocatorias

Logo de Transparencia
Transparencia

Logo de Gestion Pública Transparente
Gestion Pública Transparente

Logo de Bancadas Informales
Bancadas Informales

Logo de Sindicatos
Sindicatos

Logo de Intranet
Intranet

Logo de Directorio Telefónico
Directorio Telefónico