De acuerdo con el Cabildante de Opción Ciudadana, no puede la Corte forzar interpretativamente el texto constitucional en un asunto que implica un cambio cultural trascendental para la sociedad, aun más, cuando el ordenamiento jurídico establece límites en los alcances interpretativos.
Para Ramírez, los derechos de los menores prevalecen sobre los derechos de los demás (Art. 44), principio que irradia las normas legales que se desarrollan en el Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006).
Finalmente, el Concejal de Bogotá, afirmó que no se configura una discriminación contra la población LGBTI, pues la igualdad no se puede confudir con igualitarismo y sería valida solamente en una situación que reúna las mismas características de la unión entre un hombre y una mujer.
MARCO FIDEL RAMIREZ.
Concejal de Bogotá (Opción Ciudadana).
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