El cabildante reitera, que tales letras no son una legitima protesta social, sino una insinuación explicita a niños, niñas y adolescentes hacia la rebeldía, de espaldas a los artículos 184 y 185 del Código Penal, donde se hace clara referencia al constreñimiento a cometer delitos a menores de edad, lo cual es contrario a la paz, reconciliación y convivencia que esperamos los colombianos.
Según el Concejal de la Familia, de acuerdo con el artículo 35° del Decreto 1421 de 1993, el Alcalde (e), como “jefe del gobierno y de la administración distritales y representante legal, judicial y extrajudicialmente del Distrito Capital”, debe reconocer que en las letras de Calle 13, se está incitando a cometer delitos, a irrespetar la autoridad y a transgredir el orden social; En este orden de ideas, de acuerdo al artículo 38 inciso 2° del decreto 1421 de 1993, es responsabilidad del burgomaestre “conservar el orden público en el Distrito…”
Nuevamente, el Concejal de la Familia, respetuosamente solicita a la Administración Distrital que debe excluir a Calle 13 del Concierto de la Esperanza, por el bien de la ciudad de Bogotá.
VER VÍDEO:
http://www.youtube.com/watch?v=ERNXUXJYExw&list=UUHsiUkyh9UH1G_ccCdSDkPQ
MARCO FIDEL RAMIREZ.
Oficina de Prensa
Honorable Concejal de Bogotá-Opción Ciudadana.