La ley 1341 de 2009 en su articulo 8 es muy clara:
“Las telecomunicaciones en casos de emergencia, conmoción o calamidad y prevención para dichos eventos. En casos de atención de emergencia, conmoción interna y externa, desastres, o calamidad pública, los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones deberán poner a disposición de las autoridades de manera gratuita y oportuna, las redes y servicios y darán prelación a dichas autoridades en la transmisión de las comunicaciones que aquellas requieran. En cualquier caso se dará prelación absoluta a las transmisiones relacionadas con la protección de la vida humana”.
Así las cosas, la ETB debe garantizar a los bogotanos el servicio de la línea de emergencias y debe primar como lo dice la ley, la vida humana sobre el interés económico del actual Presidente del a empresa de telecomunicaciones.
Adicionalmente analicemos que: “Para la ETB es un negocio. Que puede que los otros hayan hecho un mal negocio, pero para la ETB sigue siendo un negocio. Mi propósito es generar plata y valor a los accionistas”.
Estas afirmaciones del Presidente de la ETB Saúl Kattán entregadas al periódico El Espectador, el pasado 15 de agosto, sobre la firma del convenio 561 de 2014 con el Fondo de Vigilancia, para modernizar la Línea 123, dejan sin sustento la resolución 208 del 02 de octubre de 2014 mediante la cual se motivó la firma de dicho convenio.
La justificación dice textualmente que se aúnan esfuerzos “fundamentándose en la posibilidad que entre dos entidades públicas se permita de manera eficiente y eficaz lograr la satisfacción de las necesidades sociales a través de los esfuerzos mancomunados de los servicios que ofrecen”
Argumento que de tajo tumbó el señor Kattán, al asegurar que el convenio para él es un negocio y que él está es para producir ganancias a la ETB. Y tiene toda la razón porque mientras Itelca le cobra a ETB 850 millones de pesos mensuales por el servicio al 123, la ETB le cobra al distrito 1510 millones de pesos por lo mismo. Adicionalmente encontramos que mientras en el mercado una línea telefónica con acceso a internet en estrato 6 cuesta 300 mi pesos, ETB le cobra al distrito por ese servicio, como parte del convenio $1.200.000. Eso sin habar de la comisión cercana al 20% que cobra por administrar el convenio.
Lo anterior deja si sustento la resolución mencionada ya que viola los principios de transparencia y economía de la ley 80 y se abusó del convenio con las subcontrataciones posteriores. Dice la ley 80:
“Las autoridades no actuarán con desviación o abuso de poder y ejercerán sus competencias exclusivamente para los fines previstos en la ley. Igualmente, les será prohibido eludir los procedimientos de selección objetiva y los demás requisitos previstos en el presente estatuto”.
No se tuvo en cuenta que las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal se desarrollarán con apego a los principios de transparencia, economía y responsabilidad. Por esta presunta falsa motivación denunciaré ante Procuraduría, Personería y Contraloría a los funcionarios que participaron en la firma de este convenio. Anexo justificación de la firma del convenio
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