Nieves Herrera, dijo que resulta un tanto demagógico escuchar estos anuncios, por cuanto desde el año 2011, el gobierno nacional incluyó en el artículo 140 de la ley 1450 del 2011 la gratuidad educativa; por su parte el Ministerio de Educación Nacional expidió el Decreto No 4807 del 20 de diciembre del 2011, por medio del cual establece las condiciones de aplicación de la gratuidad educativa para los estudiantes de educación preescolar, primaria, secundaria y media de las instituciones educativas estatales, situación que las diferentes autoridades nacionales deben hacer cumplir en todo el territorio nacional, independientemente de que los niños niñas y jóvenes estén o no beneficiados con los planes de vivienda gratis impulsados y desarrollados por el Ministerio de la Vivienda.
Para el caso de Bogotá es importante resaltar que desde el año 2007 en la Bogotá sin Indiferencia ya se había reglamentado hasta el grado sexto la gratuidad educativa y en el año 2009 en la Bogotá Positiva se extendió hasta el grado once dicha gratuidad, tal como igual lo resaltan los medios de comunicación, fue uno de los mayores logros del Distrito Capital.
El cabildante destacó la necesidad de construir los equipamientos educativos necesarios en los sitios en donde se adelanten planes de vivienda para materializar el derecho a la educación de los niños, niñas y jóvenes beneficiados con vivienda prioritaria y gratis.
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