Incrementos de más del 600% en el impuesto predial en la última década hacen necesario el pago del predial por cuotas

Tras encontrar que varias comunidades en diferentes sectores de Bogotá han enfrentado un incesante incremento en el valor del Impuesto Predial Unificado en los últimos años, en algunos casos de hasta el 600% en una década, el Concejal Andrés Forero Molina, con el apoyo de la bancada del Centro Democrático, radicó un proyecto de acuerdo con el que se busca abrir la posibilidad de que los contribuyentes puedan pagar el Impuesto Predial Unificado hasta en cuatro cuotas trimestrales a partir de 2017.

La iniciativa, que acompaña la petición formal hecha directamente al Alcalde Mayor de Bogotá Enrique Peñalosa en el mes de febrero, busca llevar un alivio tributario al bolsillo de los capitalinos tras el aumentó en el valor del pasaje en el Sistema Integrado de Transporte Público , la creciente inflación y un aumento en el IVA que traerá la próxima reforma tributaria.

 

En su trabajo con la comunidad el Concejal Andrés Forero Molina conoció casos de residentes del sector de Santa Ana, localidad de Usaquén, en los que el valor a pagar por el Impuesto Predial ha crecido significativamente, sin que este aumento sea acompañado por un incremento en el ingreso de los hogares. Según la Junta de Acción Local de Santa Ana, entre 2005 y 2016 la tasa de crecimiento acumulado del Impuesto Predial es de 625%.

 

En otro caso conocido por el concejal del Centro Democrático en el barrio La Salina, localidad de Engativá, en el año 2014 uno de sus habitantes pagó por el impuesto predial $840.000, en 2015 esa misma persona pagó $1.190.000 y para este año deberá pagar $1.726.000. Es decir, en dos años el valor a pagar prácticamente se ha duplicado.

 

Se ha calculado que la propuesta de pago por cuotas tendría un efecto limitado en los ingresos del Distrito, y aumentaría el recaudo al permitir que aquellos que no podían pagar en una sola cuota lo hagan por plazos.

 

Cabe tener en cuenta que la propuesta contempla que el pago por cuotas no implique el pago de intereses adicionales por parte de los contribuyentes, pero si mantiene las sanciones e intereses por mora cuando se pague después de los plazos establecidos. Así mismo se mantiene el descuento por pronto pago.

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