Jueza tutela la protección de los derechos a la vida, integridad y seguridad de la lideresa indígena y concejal de Bogotá Ati Quigua, y ordena a la UNP en 48 horas asignar esquema de seguridad

La UNP, omitió en el estudio de seguridad su condición de mujer, lideresa social indígena y política

La decisión fue adoptada por el Juzgado Cuarto (4) Administrativo del Circuito de Bogotá, tras la acción de tutela presentada por la Concejal de Bogotá Ati Quigua, tras conocer la decisión de la Unidad de Protección Nacional (UNP) de terminar de manera inmediata las medidas de protección.

La Concejal de Bogotá Ati Quigua, tutelo la protección de sus derechos fundamentales a la vida, a la integridad y seguridad personal, y a la protección constitucional especial para mujeres de pueblos y comunidades indígenas víctimas del conflicto armado, amparados en la Sentencia T-025 de 2004 y los Autos 004 de 2009, 098 de 2013 y 737 de 2017.

El Despacho Judicial manifestó que los líderes sociales cumplen una importante función en la defensa de los derechos humanos y por su especial papel dentro del proceso de transición política que atraviesa el país, se encuentran en esa categoría de una amenaza mayor, "pues al ser de alguna manera directa o indirectamente, la cara visible de una comunidad u organización, pueden ver afectada su integridad y seguridad personal", por lo que son considerados sujetos de especial protección constitucional y gozan de una presunción de riesgo, en consecuencia señaló que, ante el incumplimiento del deber de protección de los líderes sociales por parte del Estado "los Jueces Constitucionales no pueden ser indiferentes ante la realidad que atraviesan los líderes sociales en todo el territorio nacional, e imponer una carga desproporcionada a este grupo de personas teniendo en cuenta el riesgo al que están expuestas sus vidas", en el caso de la concejala Ati Quigua la presunción de riesgo extraordinario de género.

Agregó, además, que se debe tener en cuenta "la realidad de los líderes sociales y defensores de derechos humanos en Colombia, quienes han sido afectados de manera evidente durante los últimos años en el país. Sobre dicha situación la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales, informó que entre los años 2016 a 2019, fueron asesinados 366 defensores de derechos humanos y líderes sociales y para el primer trimestre del presente año el Gobierno Nacional registró 18 homicidios, cifras que, como es de conocimiento nacional han venido aumentando." (Subrayado original)

En el caso concreto, el juzgado encontró que la Unidad Nacional de Protección (UNP) dentro del estudio de seguridad llevado a cabo que conllevó a la decisión de retirar las medidas de protección de la Concejal Ati Quigua, la Entidad no realizó un análisis de incidencia de los aspectos de su situación particular y de sus implicaciones directas en el riesgo que presenta. Es decir, no tuvo en cuenta como factores diferenciales que la Concejala Ati Quigua pertenece a la dirección del Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS) siendo su vocera en Bogotá, además omitió aplicar el enfoque diferencial de etnia y de género derivada de su condición de lideresa del Pueblo Indígena Arhuaco de la Sierra Nevada de Santa Marta, máxime cuando las organizaciones sociales y políticas que apoyen directa o indirectamente organizaciones y líderes indígenas ha recibido amenazas evidentes en los últimos días por parte de grupos armados ilegales. Es de anotar que de acuerdo al Auto 004/09 de la Corte Constitucional, existen 34 pueblos en riesgo de exterminio físico y cultural (entre ellos el pueblo Arhuaco al que pertenece la concejal Ati Quigua y del cual es su Comisionada de Paz).

Esta decisión judicial es de relevancia nacional pues se da en un contexto de alarmante incremento de la violencia en contra de los líderes sociales e indígenas y de generalizada desprotección por parte del Estado, quien tiene el deber constitucional de velar por la garantía de su vida e integridad para el cumplimiento de su función dentro de la sociedad y de la construcción de la Paz en nuestro país.

Las medidas de seguridad ordenadas por el Juzgado Cuarto (4) Administrativo del Circuito de Bogotá a favor de la Concejala Ati Quigua, es una garantía para el ejercicio de su participación política, en el que se ha destacado por su comprometida labor en la defensa de las víctimas del conflicto armado, de los derechos humanos, de la diversidad étnica y de la naturaleza, y la construcción de la Paz en nuestro país, en espacios políticos monoculturales, hegemónicos y con patrones estructurales de discriminación, que impactan en las garantías del derecho a la participación política como mujer indígena Arhuaca, representante una agenda alternativa.

De acuerdo al Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz, INDEPAZ "Desde el año 2016 han sido asesinados 269 líderes indígenas, de los cuales 242 luego de la firma del Acuerdo de Paz (24 de noviembre de 2016, Teatro Colón) y 167 durante la presidencia de Iván Duque (al 8 de junio de 2020)".

Las organizaciones que participaron como coadyuvantes dentro del proceso de tutela fueron la Confederación indígena Tayrona (CIT), la Organización Nacional Indígena de Colombia – ONIC; el Movimiento Alternativo Indígena y Social – MAIS; la Organización de los Pueblos Indígenas de la Amazonía Colombiana – OPIAC; la Comisión Nacional de Mujeres Indígenas de Colombia -CNMI; además de mujeres defensoras de la paz.

 

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