La bomba social que el ministerio le está fabricando al distrito

Al Ministerio del Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial no le bastó con expedir normas...

Como el Decreto Nacional 075 de 2013, que impiden la producción de VIP en todos los tratamientos de suelo, con promover la suspensión de la modificación de la MEPOT, sino que se ha dedicado a politizar también, las decisiones para la materialización de los subsidios para VIP en el Distrito, sin importar que se esté gestando una bomba social que re-victimice a las ya víctimas del conflicto.

 

Debe recordarse que la ley de 1448 de 2011, conocida como la Ley de Víctimas, estableció en su objeto el de “establecer un conjunto de medidas (…) en beneficio de las víctimas (…) que posibiliten hacer efectivo el goce de sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación con garantía de no repetición (…)”. Para tal fin, la mencionada Ley desarrolló la reglamentación para el acceso al Subsidio Familiar de Vivienda con el cual se establecen los principios para la materialización del derecho constitucional a una vivienda digna. Por su parte, el Distrito implementó el Subsidio Distrital de Vivienda en Especie como “complementario al subsidio familiar de vivienda, en dinero o en especie, otorgado por el gobierno nacional[1], de tal forma que al ser beneficiarias de ambos subsidios, las víctimas del conflicto interno, pueden acceder a vivienda VIP de forma gratuita.

 

Lo anterior, exige de los gobiernos Nacional y Distrital, el más estricto cumplimiento de los principios de corresponsabilidad, coordinación y concurrencia, para garantizar la efectiva reparación de las víctimas, pero sobre todo para implementar la garantía de la no repetición. Sin embargo, el Ministerio del Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, ha politizado las gestiones de esta concurrencia y actúa más guiado por sus afectos políticos que por su función social. Las evidencias están a la mano:

 

Desde el momento mismo en que el Plan de Desarrollo Bogotá Humana quedó aprobado con el Acuerdo 489 de 2012, dejando sentadas las bases para el proceso de Revitalización del Centro Ampliado que promueve la generación de VIP como carga de los proyectos de vivienda de otros estratos, el Ministerio procedió a estudiar mecanismos para hacer que esta exigencia se mantuviera únicamente en suelo en tratamiento de Desarrollo, o sea en la periferia, y lo logró expidiendo el Decreto Nacional 075 de 2013.

 

 [1] Decreto 539 de 2012, Artículo 2.

 

Sin embargo, debido a que esta intrusión en el ordenamiento territorial del Distrito y los municipios, contraviene los principios de la Ley 388 de 1997, y que en agosto de ese mismo año el Alcalde Mayor expidió el Decreto 364 de 2013 –MEPOT-, que permitió la exigencia obligatoria de suelo de cesión para VIP en los proyectos de vivienda en suelo de cualquier tratamiento, el Ministerio respaldó la suspensión de dicho decreto la cual se adoptó con Auto del Consejo de Estado 624 de 2014.

 

Aun así, el Distrito emprendió la identificación y estructuración de proyectos y solicitó al Ministerio la expedición de conceptos que tal entidad se demora en responder, hasta el punto en que el Distrito se ha visto en la obligación de interponer en dos ocasiones acciones de tutela. En Diciembre de 2012 el Ministerio le respondió al Distrito, con ocasión de una solicitud para 3000 subsidios, que ya no era posible asignar más cupos porque los mismos se habían redistribuido  a otras entidades territoriales. Sin embargo a comienzos del 2014, cuando el Alcalde encargado era el Dr. Rafael Pardo, con una sola llamada logró la asignación de 1000 nuevos cupos.

 

Parece que CAMACOL también tiene la misma efectividad, ya que las convocatorias del Ministerio restringen la participación de la pequeña y mediana empresa, dejando campo únicamente para los constructores tradicionales de la ciudad; los mismos a los que no les gustaba la cesión de suelo para VIP y por eso promovieron la suspensión de la MEPOT. Al parecer con ellos si hay corresponsabilidad, coordinación y concurrencia.

 

Pero lo más grave es que esta confusión de intereses del Ministerio ya ha sobrepasado los límites y ahora,  a pesar de haberse comprometido a  entregar al Distrito los listados de las familias beneficiaras al 50% de estado de avance de los proyectos, de tal forma que el Distrito pueda hacer todo el acompañamiento social que implica la dignificación de los derechos de las víctimas, la conformación de comunidad con la población y las exigencias de la convivencia en propiedad horizontal, el Ministerio se reserva la información generando un impacto social que no puede subestimarse:

 

Debido al desconocimiento de la caracterización de la población, el Distrito no puede prever la inclusión de la población a los servicios sociales de la zona ni   hacer proyecciones de nuevos equipamientos. Tampoco se puede desarrollar el tratamiento diferencial que requieren condiciones de vulnerabilidad como la discapacidad. Al respecto, el Ministerio se ha negado a incorporar el enfoque diferencial, desconociendo no sólo las solicitudes del Distrito sino los Autos 006 de 2009 y 173 de 2014 y la Sentencia T-270/14 de la Corte Constitucional. Tampoco se pueden crear lazos sociales previos a la convivencia entre las familias beneficiarias que garanticen la gestión de la copropiedad.

 

Para presentar un ejemplo, puede revisarse el caso del Proyecto Usme 136, que ya está terminado, pero del cual solo se han entregado por parte del Ministerio 89 de las 350 viviendas obtenidas de este proyecto, sin razón que justifique esta situación. Adicionalmente, al momento el Distrito no cuenta con la información de las familias restantes al igual que no contó con tal información de las familias que ya fueron asignadas. Por otra parte, debido a que no se ha entregado el 50% de las viviendas, no es posible conformar una asamblea para la administración de la propiedad horizontal, por lo que la administración continúa a cargo de la constructora, pero los propietarios de las viviendas asignadas no están pagando cuotas de administración, ya que la propiedad horizontal no está conformada como tal,  lo cual afecta negativamente la conformación de las acciones de corresponsabilidad del propietario que debe recordarse, nunca antes ha vivido en este tipo de propiedad.

 

Actualmente están próximos a entregarse el Proyecto Villa Karen, Plaza de la Hoja y Las Margaritas, y el Distrito no ha recibido el listado de las familias, con lo cual se perdió la oportunidad de inscribir a los nuevos niños a los colegios existentes  y la identificación de los nuevos equipamientos que pudieran construirse para atender la nueva población.

 

No hace falta un estudio muy profundo para evidenciar el riesgo que corre el Distrito que es quien finalmente cargará con las consecuencias sociales de esta situación y la altísima probabilidad de que se re-victimice a la población beneficiaria. La fórmula es fácil: Junte 300 o 1000 familias, víctimas del conflicto armado interno, con un promedio de 1.5 niños por familia y sin acceso garantizado a servicios sociales. De las cuales un porcentaje tenga situaciones de discapacidad, sin garantizar que las viviendas que se les asignen cuenten con las condiciones de accesibilidad para esta situación. De las cuales ninguna haya cohabitado en propiedad horizontal y que aterrice en una propiedad horizontal sin conformar. E instálelas en un área ya conformada de la ciudad que percibe a los nuevos como intrusos y obtendrá la bomba social que el Ministerio le está gestando al Distrito.

 

Señor Ministro del Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, por favor no trabaje ni a favor ni en contra del gobierno Distrital, sino únicamente a favor de los ciudadanos que deben ser su razón de ser. De lo contrario la bomba reventará en pleno marco de la implementación de la política de Paz.

 

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