Esta Ley tiene cuatro alcances:
-El primero destaca el fortalecimiento de la capacidad sancionatoria de la Supersalud.
-El segundo destaca la modificación de los términos para decidir en la función jurisdiccional de la Supersalud.
-El tercero destaca que el Gobierno Nacional fije límites a los procesos de reorganización de EPS.
-El cuarto destaca que la Supersalud podrá emitir instrucciones contables a sus vigilados.
Otro ítem importante para destacar es que la persona que sea removido de su cargo puede sufrir una inhabilidad hasta por 15 años para ocupar cargos en entidades o instituciones públicas y privadas del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
En referencia a las multas, se suben los montos límites. Para personas jurídicas, la multa máxima será de 8.000 SMLMV, y para personas naturales, se impondrán multas desde los 100 hasta los 2.000 SMLV. Para quienes incumplan las ordenes y sanciones, la nueva ley dispone que se puedan castigar con multas sucesivas hasta de 3.000 SMLMV para personas jurídicas y de hasta 300 SMLMV a personas naturales.
Se espera que de ahora en adelante exista un plazo de 20 días, se decidirán las demandas que tienen que ver con negación de cobertura del POS, conflictos de multiafiliación, conflictos de libre elección, movilidad, y prestaciones excluidas del POS. En 60 días los reembolsos económicos de gastos médicos, y 120 días para las devoluciones o glosas.
El concejal Jorge Durán Silva, afirma que dar las herramientas para un servicio eficiente en salud es importante, pero no hay que dejar de lado la vigilancia y control, además sancionar a los infractores en salud, teniendo presente el déficit fiscal y superar la crisis financiera que este presenta.