Los abusos laborales y accidentes fantasmas que están ocurriendo en el SITP y Transmilenio por la negligencia del distrito

Los operadores llevan años cobrando multas ilegales y firmando contratos ilegales a los conductores y el distrito no se ha dado cuenta

Este jueves a las 9 de la mañana en debate de control político, el concejal Javier Palacio Mejía del partido de la U, pondrá en evidencia los nulos controles que hace el distrito a los operadores para evitar abusos y violaciones a los derechos laborales, de cerca de 30 mil conductores que hoy tiene el sistema.

 

Después de tres meses de trabajo de mi unidad de apoyo normativo, quiero hoy prender las alarmas sobre el drama que están viviendo  los conductores del SITP y Transmilenio, por cuenta de los abusos que se cometen con ellos y los riesgos que esto podría conllevar para la seguridad de quienes usan este servicio y de los demás usuarios de la vía.

 

Quienes hoy están al volante de un articulado o en un bus zonal, complementario, hibrido o alimentador. Están sometidos a todo tipo de vejámenes por parte de los operadores con la complacencia implícita del distrito, que con su falta de control permite  que este grupo de personas tengan de todo menos el respeto de sus derechos laborales y mucho menos respeto por su condición humana.

 

Los conductores del SITP y Transmilenio son de los pocos empleados de este país, que no tienen una jornada laboral continua de ocho horas. Si señores la gran mayoría en la mañana, tarde o noche llega a su sitio de trabajo, labora sus ocho o nueve horas y sale a su casa a descansar, pero los conductores del SITP y Transmilenio gracias a un particular invento de los operadores que el distrito permite no lo pueden hacer.

 

Los operadores del SITP y Transmilenio se inventaron la figura de las tablas partidas que no es otra cosa, que partir la jornada laboral de los conductores en dos, con una pequeña pausa en medio, pero que en vez de brindar descanso a los conductores les genera más cansancio y estrés como se los voy a demostrar

 

Primero quiero dejar claro que este invento de las tablas partidas no tiene un interés humano sino económico, al partir la jornada laboral de los conductores, los operadores se están ahorrando la contratación de un tercer turno laboral, clave para cubrir las 16 horas que opera el sistema al día. Pero de esto el distrito no se ha dado por enterado

Miremos como es la jornada laboral de uno de los conductores del sitp que vive en San Mateo - Soacha.. Entra a las cinco de la mañana y debe empezar su recorrido  a las seis … les pregunto ..Para ir desde San Mateo hasta Suba donde está el bus que maneja,  a  que hora debe salir de su casa. Él me dice que por tarde 3 y media de la mañana y rogándole a Dios que consiga transporte a esa hora. Ahora bien revisemos su tabla partida o la jornada laboral que le establece su empleador

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Como lo ven el conductor saca el bus del patio a las 6:17 de la mañana y labora hasta las 12:09 del medio. Eso en el mejor de los escenarios, pero esto nunca pasa, por los trancones monumentales que debe soportar esa primera jornada termina entre 130 y 2 de la tarde y como lo ven en la tabla debe reiniciar labores a las 3 y 18.

Es imposible que ese conductor pueda ir hasta su casa a almorzar y descansar para retomar sus tareas. Así que reinicia labores y trabaja mas o menos hasta las 6 y media de la tarde. Termina su turno laboral en Suba y de ahí sale para su casa en San Mateo. Hora de llegada con trancones, 9 de la noche. Sumen ustedes… salió de su casa a las 3 y media de la mañana y regresa a las nueve de la noche. 17 horas y media de jornada por día gracias al invento de los operadores de partir la jornada laboral. 

Ahora bien recuerdan ustedes que les decía que entre la jornada de la mañana y la jornada de la tarde tenía una hora para almorzar y descansar antes de continuar, pues miren las confortables alternativas de descanso que tienen los conductores gracias a los operadores

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Yo les pregunto a ustedes, si consideran que estas, deben ser las condiciones de descanso para una persona que lleva bajo su responsabilidad, la vida de cerca de 100 personas en el vehículo que conduce y a la vez en su recorrido puede poner en riesgo la vida de cientos de personas usuarias de las vías. Con el simple echo de vivir un episodio de microsueño, tan común entre los conductores del servicio público puede generar una tragedia. Pero como el distrito ni se ha dado por enterado, porque como no controla ni supervisa a los operadores.   

Debido a estas y otras inhumanas condiciones laborales, la salud de los conductores se ha deteriorado en un buen número de ellos. Miren los informes de las EPS de algunos casos

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Ahora bien estas enfermedades laborales han generado que cerca de 100 de ellos fueran reubicados laboralmente por recomendación médica y  están haciendo otras tareas. Que los pongan a hacer estas actividades mientras se recuperan está bien, pero esta reubicación laboral, abrió la puerta para que los operadores cometieran otro abuso con los conductores.

Hasta donde tengo entendido si por cuenta de una enfermedad o accidente laboral un empleado lo incapacitan o lo reubican laboralmente, sus condiciones salariales y contractuales no se  pueden desmejorar. Pues señores concejales y miembros de la administración, los operadores lo están haciendo con los conductores del SITP y Transmilenio y ustedes no se han dado ni por enterados.

Miren  ustedes este caso, a la sra Diana Lucía Laverde, su jefe el operador Transmasivo S.A. le notificó que la reubicaba laboralmente por recomendación medica:

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 Y de una vez también le notifica que  le cambian sus condiciones contractuales y laborales.

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Pero no sirvió de nada la protesta, comparando recibos de pagos de 2014 y 2015 se puede apreciar el desmejoramiento de sus condiciones salariales

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El 2014 recibía una bonificación de $157.800, con la reubicación laboral por un tema médico se la bajaron a $26.561 pesos. Y la bonificación por alimentación era de $272.140 con la reacomodación  se la bajaron a $184.058.

Y no vale reclamar mire lo que le respondió el operador a la señora cuando ella solicitó el reintegro de los dineros descontados

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Que tal que a uno le hagan descuentos del salario por ir al médico. A los operadores del SITP y Transmilenio y en especial al distrito por omisión, también se les olvida que de acuerdo con varios fallos de la Corte Constitucional, entre ellos las sentencias t-263 y t-960 del 2009 yt-269 y t-554 del 2010, el nuevo cargo por reubicación laboral no puede derivar en una violación a la dignidad o una afectación del derecho fundamental al mínimo vital del trabajador.

El Ministerio de Trabajo también se pronunció en casos como este y dijo expresamente en el concepto 118126 del 15 de julio de 2014 que:

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Conclusión teniendo en cuenta lo expuesto, esta oficina entendería que en el caso la reubicación laboral del trabajador aludido en el escrito de consulta conllevaría la reincorporación al trabajo iniciando labores en un cargo diferente al que previamente a la contingencia venía desempeñando cuyas funciones se adapten mejor a su estado físico y condición de salud actual. Empero, debe resaltarse que en todo caso la reubicación laboral de un trabajador efectuada por un empleador, no podrá desmejorar el salario pactado en el contrato de trabajo vigente, pues, debe ofrecerle los mismos, iguales o superiores beneficios que antiguo cargo. Por ende, si las partes de la relación jurídico laboral habían pacta un salario a destajo, y de otro lado el trabajador ostenta el derecho a la reubicación laboral tal como la ha indicado la jurisprudencia constitucional en aras de conservar su empleo ejerciendo una actividad lucrativa a pesar de los padecimientos de salud lo cual le representa la posibilidad de vivir dignamente y satisfacer su mínimo vital, mal podría desmejorarse la remuneración inicialmente fijada.

Pero no crean que esto es lo único que nos encontramos, los abusos arrancan desde los mismos contratos laborales que los operadores les hacen firmar a los conductores y digo les hacen firmar, porque si no aceptan la condición dominante del empleador, sencillo no los contratan. Y lo peor es que el distrito, la Bogotá Humana no se ha dado por enterada

Miremos esos contratos entre los operadores y los conductores 

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Dice el contrato que se rige por el Código Sustantivo del Trabajo, entonces porque el parágrafo primero menciona que las remuneraciones que reciba el trabajador, como son entre otras, primas legales y extralegales y bonificaciones no hacen parte del salario.

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Este parágrafo es una leguleyada, porque el artículo 128 del Código Sustantivo del Trabajo dice que las bonificaciones ocasionales no constituyen salario. Veamos:

Articulo 128. Pagos que no constituyen salarios. < modificado por el artículo 15 de la ley 50 de 1990. El nuevo texto es el siguiente: > no constituyen salario las sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador del empleador, como primas, bonificaciones o gratificaciones ocasionales.

 

Los resaltados son míos, porque este articulo habla de bonificaciones ocasionales, la bonificación operativa que reciben los conductores es mes a mes y están pactadas en el contrato laboral no es ocasional, por tanto el parágrafo de este contrato vulnera los derechos del trabajador. El contrato  no se encuentran ajustado a derecho y el problema radica en su aplicación, donde se abusa de la posición dominante. Convenientemente los operadores del SITP y Transmilenio omitieron meter en los contratos laborales justo el artículo  anterior,  el 127 que dice que:

Articulo 127. Elementos integrantes. Constituye salario no sólo la remuneración fija u ordinaria, Sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie y que implique retribución de servicios, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como las primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras.,

 

El resaltado es mio , bonificaciones habituales, que son las que reciben los conductores del SITP y Transmilenio mes a mes, no solo se aprovechan de su condición dominante como empleador para imponer condiciones en los contratos de trabajo, sino que se aprovechan del desconocimiento jurídico de los conductores para usar a conveniencia las disposiciones laborales vigentes. Lo mas grave es que el distrito hasta hoy se entera de esto.   

Parece que al distrito se le olvido que es él, quien tiene la responsabilidad de supervisar a los operadores y constitucionalmente tiene una obligación que se la dicta el artículo 25

“El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas”. 

También se le olvida lo que ordena el artículo 47

“El estado adelantará una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a quienes se prestará la atención especializada que requieran”. 

Ahora bien si ustedes creen que descontar sueldo por reubicación laboral es una práctica aislada pues les tengo noticias no es así, a los operadores se les volvió costumbre descontarle a los conductores por todo.

Los conductores del SITP y Transmilenio nos denuncian, que las empresas operadores les hacen descuentos de su sueldo, por faltas tales como pasar un semáforo en rojo, parar fuera del paradero, pisar la cebra o no hacer aproximación correcta a plataforma.

Yo entiendo que multas por infracciones de transito, las impone una autoridad de transito pero además, en aras de la verdad le preguntamos al distrito que sabía de esto…. sorpresa no tenían ni idea del tema y le trasladaron la pregunta a los operadores. Que tal esto, el supervisor en vez de estar al tanto de lo que hace su supervisado, le pregunta si es verdad que lo hace. No hay derecho, bonito así.

De manera enfática los operadores respondieron que ellos para nada le hacían descuentos a los conductores por nada, miremos las respuestas:

OPERADOR

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 Responden lo mismo

 

 Como lo ven los operadores del SITP y Transmilenio aseguran que ellos o no tienen conocimiento o no hacen ningún tipo de descuento a los conductores. Recuerdan lo que nos dijo el operador alimentador de occidente

 

 Pues como les parece señores concejales que aquí esta la prueba de que este operador le está cobrando multas a sus conductores miren la relación que ellos mismos hacen de dichos descuentos. Y la hacen año por año… miren los descuentos 2010

  

Y miren la relación de descuentos 2011

 

 Y aquí la relación de descuentos 2012

 

Y es tan claro que hacen esos descuentos a los conductores, que hasta tienen una hoja de ruta, de como se aplican. Miren este documento interno del operador transporte alimentador de occidente

 

 

Y  no creen que es solo este operador todos lo están haciendo y la gran mayoría los disimulan descontándole al conductor de su bonificación operativa mensual, que es de 300 mil pesos, miren aquí las pruebas

 

Como les dije la bonificación operativa pactada es de $318.200 pesos pero por las multas que les cobran, miren lo que les pagan por ese concepto:  

 

 

Al descontar las multas a los conductores de su bonificación operativa, los operadores creen que así pueden burlar la ley laboral, pero lamentablemente para ellos están en un error, el código sustantivo del trabajo es muy claro en su artículo 127. Recordemos:

 Artículo 127. Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos o bonificaciones habituales.

 

Lo que reciben los conductores es una bonificación habitual, mes a mes como ya lo habíamos revisado, entonces si según la ley constituye salario, por qué  están haciendo estos descuentos. Nuevamente tengo que informar a esta plenaria que hasta hoy el distrito se enteró de esto y está pasando hace cinco años.

 

Se están embolsillando parte de los salarios de los conductores del SITP y Transmilenio y no pasa nada.

 

Pero no crean que estas son las únicas irregularidades, hay más y mas graves y el distrito no se ha dado por enterado. Sabían ustedes señores que los buses del SITP se están accidentado y el distrito no tiene ni idea que eso pasa. Miren ustedes, un conductor del SITP nos cuenta esto: 

VIDEO CONDUCTOR HABLA DE ACCIDENTE

El conductor se llama Juan David Ramírez y la placa del vehículo es WGG 338 con número interno Z102233 del operador Consorcio Exprés. Para verificar la información le preguntamos al distrito sobre el accidente y miren la respuesta: 

 

Leo textualmente “Esta entidad informa que una vez consultadas las bases de datos de accidentalidad de la Secretaría Distrital de Movilidad, no se encontró ningún accidente con participación del señor Juan David Ramírez como conductor del vehículo de placa WGG 338”

Miren las fotografías y los videos del accidente que no ocurrió:

 

Como la placa por luz está borrosa miren el número interno Z102233

Que opinan ustedes, se accidentó o no.

 

 

No hubo accidente pero el Hospital Simón Bolívar atendió el conductor y cobro por la urgencia.1.127.731

  

No hubo accidente pero al conductor lo atendieron con el SOAT del vehículo y su cedula de ciudadanía

 

 

No hubo accidente pero al conductor le hicieron estos exámenes

 

 Cómo es posible que la administración ni se haya enterado del accidente, estoy seguro que tampoco se enteraron de lo que hizo el operador con el conductor

VIDEO CONDUCTOR ME ECHARON

Esto es muy grave, el distrito tiene la responsabilidad de vigilar y controlar  a los operadores, así nos lo informa el propio distrito:

LEER LA RESPUESTA

 

 Si tienen esa responsabilidad, porque no la cumplen.

Y esto no es un hecho aislado recuerdan  al señor ALBEIRO ECHEVERRY, quedó en situación de discapacidad por otro accidente que el operador SUMA no le reportó al distrito, en este recinto el doctor Paris se comprometió a revisar personalmente el caso y hasta hoy nada de nada. Le tengo noticias doctor Paris como ud solo se limito a decirle al señor Echeverry mediante una carta que mucha suerte con su recuperación, él siguió con su lucha, la junta regional medica del ministerio de trabajo ya le reconoció su discapacidad como una enfermedad laboral producto del accidente, él ya denunció al distrito ante el ministerio de trabajo por negligencia  y va a demandar al distrito porque lo dejaron solo. De donde saldrá la plata para pagar esa demanda que seguramente ganará el señor Echeverry, pues de los impuestos de todos los bogotanos gracias a su inoperancia y su ineptitud señor PARIS. La Personería y la procuraduría ya están adelantando investigaciones por este tema.

Para rematar les tengo otro caso, recuerdan al presidente de uno de los sindicatos del SITP, que nos hizo graves denuncias en el debate a la accidentalidad en este sistema de transportes. Pues como les parece que el señor Wilson Hoyos sufrió un accidente laboral del que aún no se ha podido recuperar, miren ustedes como está, no puede trabajar y adivinen que hizo el operador con él. LO ECHÓ.

 

 

 

 

 

 

 

 

Cómo así que a un trabajador enfermo e incapacitado lo despiden sin explicación alguna, además con la terminación del contrato del que habla la carta no termina la relación del operador con el distrito, no señores a los demás conductores lo reubicaron en otra zona del sitp pero al señor Wilson lo echaron , tal vez porque pertenece al sindicato, tal vez porque es incomodo su liderazgo con sus demás compañeros.

Esto es lo que hacen los operadores con los conductores, no hay derecho y lo más grave es que la negligencia y la inoperancia del distrito lo permiten.

Y una perla para cerrar, escuchen ustedes los términos en que un representante de los conductores le cuenta a sus compañeros de como se realizo una negociación laboral. Oído por favor al tema de los parafiscales y de que toca hacer para acceder a lo pactado

 

AUDIO CONDUCTOR

 

Hay que acabar con las tablas partidas que los operadores les imponen a los conductores en su jornada laboral

El distrito debe sacar una circular de forma inmediata donde le prohiban los operadores seguir haciendo descuentos a los conductores de sus bonificaciones porque eso está prohibido por el código laboral

El distrito debe revisar los contratos de trabajo que los operadores están firmando con los conductores porque tienen vicios de ilegalidad aquí demostrados.

 

El distrito debe revisar porque los operadores no están reportando los accidentes de transito y porque la policía tampoco lo esta haciendo

 

Solicito a los organismos de control de forma verbal que se inicie una investigación disciplinaria y fiscal para determinar las responsabilidades a que haya lugar por esta flagrante negligencia.

 

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