Los salones comunales de la comunidad
La regulacion debe concertarse con las Juntas de Acción Comunal
Los salones comunales son bienes de uso público administrados por las Juntas de Acción Comunal, por varias décadas y generaciones y así debe seguir.
Estos espacios son y serán los clubes sociales de los estratos 1, 2 y 3, en donde las comunidades se reúnen, celebran sus festividades y agasajos, como los matrimonios, cumpleaños, bautizos, entre otros, estos salones han sido espacios en donde se construye la historia y la cultura de los barrios de nuestra ciudad.
Las comunidades son quienes en muchos casos con sus propios recursos han construido y dotado los espacios comunales, con grandes esfuerzos personales y colectivos, quienes han tenido algún grado de participación apoyando a las comunidades y respaldando los procesos que los comunales tiene que realizar para lograr la construcción y dotación de los salones comunales.
No podemos abrir un boquete a la privatización, entregándole la administración de los únicos espacios de la comunidad a las grandes ONGs o las de papel, que se crean para acceder a este tipo de contratos.
Es cierto que se debe reglamentar el tema, pero concertado con las Juntas de Acción Comunal, de tal forma que la comunidad pueda seguir haciendo uso de ellos y que sus rendimientos económicos se utilicen para que con los aportes del Distrito se mejoren sus instalaciones y dotaciones.
Si bien es cierto que en algunos casos, muy pocos por cierto, las directivas de las Juntas de Acción Comunal, administradoras de estos bienes de uso público, se apropian de la llave de las instalaciones y no permiten el acceso de la comunidad a estos espacios, también lo es que se hace necesaria la reglamentación en cuanto a la administración de los mismos, en donde se establezca el régimen respecto del uso y las condiciones de explotación económica de estos bienes, entre otros.
El Instituto de Participación y Acción Comunal (IDEPAC), y el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público (DADEP), a través de un Convenio Interadministrativo, lograron establecer la ubicación de los 705 construidos en espacio público, los cuales se encuentran bajo la administración del DADEP, de un total de 1775 salones en la ciudad.
La Administración Distrital debe hacer un inventario de las instalaciones en donde se incluya el estado físico y la calidad de la administración de los demás salones comunales de la ciudad, que este sirva como fuente para elaborar un plan de acción de mejoramiento, adecuación y dotación de los salones comunales y la asignación de los recursos necesarios para cumplir con el objetivo del Plan de Desarrollo para Bogotá 2012 – 2016 "Bogotá Humana."
Destaco las experiencias que se vienen dando, en algunos salones comunales que tienen actividad permanentemente, y que cumplen con un plan de trabajo en donde se incluyen actividades deportivas, recreativas, culturales y educativas como reforzamiento de tareas y desarrollo de cursos técnicos, modelo que debe replicarse en el resto de la ciudad, como una forma de contrarrestar la intolerancia y falte de convivencia que padece la ciudad.