Para efectos legales cada certificado - de un semestre académico o de un año escolar cursado – debe cumplir con el requisito legal de apostillaje en el marco de la Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, suscrita en La Haya el 5 de octubre de 1961 y aprobada por el Estado Colombiano mediante Ley 455 de 1998.
Para el Concejal progresista Borys Montesdeoca Anaya, un cobro del Estado por el apostillaje es improcedente en términos económicos y de justicia social para todos aquellos jóvenes y profesionales que acceden a una beca de orden internacional y no pueden cursarla por cuanto los trámites de legalización son onerosos e imposibles de cumplir de acuerdo a la siguiente aproximación: tanto bachiller como un profesional que desee estudiar en el exterior gasta por el acto administrativo de apostillaje 30 mil pesos por hoja; un paquete de certificados de estudios y programas semestrales o por año alcanzan fácilmente las 400 hojas, ¿Cuánto podrá salir, entonces, la legalización de dichos documentos para materializar el derecho de aplicar a las opciones educativas ofrecidas por otras sociedades?, y sobre la base de lo pagado por el apostillaje , dichos documentos académicos, además, se deben autenticar ante notaria.
En consecuencia, enfatiza el Concejal, demandamos del Congreso de la República adelantar un debate de control político donde se cite a las Ministras de Relaciones Exteriores y de Educación para que sustenten los alcances y garantía de derechos que en materia de política pública nacional e internacional tienen los actuales costos de legalización de los documentos académicos para los que los estudiantes y profesionales pretenden estudiar en el exterior.
“El gobierno debe tomar una medida de rango similar a la que profirió para establecer el no cobro por la expedición de los diversos antecedentes ciudadanos en la Personería, la Contraloría, la Procuraduría y en el extinto DAS.”, asevera el concejal.
Estos costos excluyen a miles de jóvenes y profesionales que aspiran a continuar con su formación en los más altos niveles académicos en el exterior, cuyo esfuerzo contribuye a un desarrollo social sostenible y sustentable en la Nación colombiana y por consiguiente mejora la calidad de vida cualificando sus competencias profesionales y especializadas.
Y concluye: “La política pública en materia de formación superior en el exterior debe ser, ante todo, un estímulo, una garantía, y no una exclusión y discriminación de los sectores sociales más vulnerables en el acceso a la formación profesional en otras opciones académicas en el exterior”.
BORYS MONTESDEOCA ANAYA
Concejal de Bogotá
Movimiento Progresista