“¡Otro ataque a la familia! Pretenden eliminar la procreación como finalidad del matrimonio”: Concejal de la Familia

El Concejal de la Familia Marco Fidel Ramírez intervino en una demanda de inconstitucionalidad de los términos “con el fin” y “procrear” del Art. 113 del Código Civil, que define el Matrimonio, advirtiendo que la Corte Constitucional debe declararse inhibida por la ineptitud de la demanda y, por ende, no puede pronunciarse al respecto -al menos, no debería-.

El argumento central del cabildante de Bogotá es que la demanda presentada no cumple los requisitos exigidos por la propia Corte, pues no expone argumentos constitucionales para demostrar cómo la redacción del artículo demandado vulnera la Constitución Política, sino que recurre solo a argumentos legales, que son de menor jerarquía jurídica.

Ramírez explica que el demandante pretende otorgarle al contrato solemne del Matrimonio efectos indemnizatorios cuando una de las partes no participa en la procreación, argumento que va en contra de sus características como el intuito persone, es decir, que se celebra por la calidad específica de las partes (por lo cual el cónyuge se casa con la persona específica que ha elegido, y no con otra). Por ende, no se puede desconocer el espíritu y sentido del Art. 42 de la Carta Política que sustenta que la familia se fundamenta en los principios de solidaridad y amor entre un hombre con una mujer y sus hijos -si los hay-.

“Excluir o eliminar la procreación es una acción contra la Constitución”, sostiene el Concejal de la Familia en su intervención ante la Corte, toda vez que la finalidad del Matrimonio está contemplada como una posibilidad de los cónyuges y no como una imposición contractual susceptible de sanción.

Como el Alto Tribunal ya lo ha afirmado y Ramírez reafirma, “el fin de procrear no es imposición ni obligación, sino una facultad protegida y garantizada por el Estado”. Para el cabildante la demanda se basa en suposiciones, toda vez que no hay antecedentes allí de casos que evidencien solicitudes pecuniarias por la incapacidad o decisión de uno de los cónyuges de no procrear.

Finalmente, el Concejal de la Familia subraya que la pretensión de eliminar la procreación como finalidad del matrimonio es otro ataque frontal contra la familia, luego de que el lobby LgbtQ+ lograra mediante sentencias judiciales el reconocimiento legal del mal llamado “matrimonio gay” que niega la única complementariedad sexual: entre hombre y mujer. “La familia se dirige inicialmente a la procreación de la especie como fruto del amor y solidaridad que soporta la unión entre los cónyuges (…) precisamente la familia es el ‘elemento natural’ único que puede garantizar el relevo generacional para la Nación y su supervivencia futura”, concluye.

MARCO FIDEL RAMÍREZ

Concejal de Bogotá

Alexandra Serna

Jefe de Prensa
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