Primeros auxilios en centros comerciales

Hoy en debate de control político en Comisión de Gobierno sobre Primeros auxilios en centros comerciales mencioné que en los últimos años, en Colombia se viene incrementando el número de Centros Comerciales, especialmente de las grandes superficies y los grandes centros comerciales, cada vez más grandes en su extensión.

Estos C.C. son capaces de recibir el mayor número de personas y de prestar diversos servicios, los cuales incluyen no solo la venta de bienes, sino que se incluyen la oferta de diferentes servicios tales como restaurantes, bares, zonas de entretenimiento y actividades culturales o recreativas.

En eventos deportivos, fiestas de fin de año, días de promociones, etc., los C.C. reciben miles de personas.
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En el 2006 apenas había 25 ciudades con centros comerciales. Esta Cifra se elevó a 60 ciudades en el 2017.
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Colombia cerró el 2017 con 228 complejos comerciales. Los centros comerciales se duplicaron entre el 2006 y el 2017. Pasaron de 104 a 228 .
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A julio de 2018, habían 232 centros comerciales en Colombia: Grandes 33 (14,2%), Medianos 66 (28,4%) y Pequeños 133 (57,4%), los Grandes tienen 1.927.306 M2, el 36,7% del área total.

El crecimiento cada vez mayor de los centros comerciales exige la adopción de medidas eficaces para atender las emergencias, evitar riesgos a los visitantes y garantizarles seguridad.

Según Arturo Vergara y Rodolphe Demaine, expertos participantes en el Seminario de Actividad Edificadora realizado por Camacol B&C. en el 2017: La participación de Bogotá en este mercado es muy importante, ya que el 30% del espacio comercial de todo el país se concentra en la capital, lo que se traduce en 1.8 millones de metros cuadrados construidos para comercio, incluyendo Soacha y Chía, la capital cuenta con más de 50 centros comerciales

Con la expansión a 2020 se desarrollarían unos 15 nuevos proyectos, aumentando el área construida en un 37 % para llegar a 2,2 millones de metros cuadrados, esto representa un verdadero desarrollo exponencial.

Normatividad primeros auxilios en centros comerciales

Para garantizar la seguridad de los visitantes a los centros comerciales y evitar riesgos y amenazas a su integridad, existe una normatividad para la prestación de primeros auxilios en estos establecimientos, que no se cumple a cabalidad:

  • • Decreto 1072 de 2015
  • • Acuerdo 230 de 2006
  • • Resolución 0705 de 2007

Según la anterior normatividad, todo centro comercial debe contar con un plan de emergencias, en el cual se identifiquen las amenazas, los riesgos, los recursos y los apoyos a intervenir ante una situación de emergencia.

La primera línea de respuesta es la brigada de emergencia la cual debe tener capacitación en las áreas de evacuación, primeros auxilios, manejo de extintores y comunicaciones, deben contar con un botiquín de primeros auxilios.

Cuestioné a la administración ¿todos los grandes centros comerciales y las grandes superficies tienen plan de emergencias? ¿Qué sanciones se aplican quienes no cumplan con lo anterior? En el 2010 solo 5 centros comerciales tenían plan de emergencias aprobado.

Botiquín y área de primeros auxilios    

La Resolución 0705 de 2007 establece como obligatorio que todo establecimiento comercial deberá contar con un botiquín de primeros auxilios, tipo A, B o C, según el tamaño del establecimiento, con el fin de atender las emergencias que se presenten en sus instalaciones.

Así mismo establece que los establecimientos de comercio y centros comerciales con más de 2.000 metros cuadrados, además del botiquín de Primeros Auxilios, deben contar con un espacio físico dotado con implementos básicos, el cual se define como "ÁREA DE PRIMEROS AUXILIOS"

¿De qué manera la administración verifica el cumplimiento por parte de los centros comerciales de estos requisitos?

Esta resolución establece que los establecimientos de comercio y centros comerciales con más de 2.000 metros cuadrados para la prestación de los servicios de primeros auxilios, deberán contar con un (a) auxiliar de enfermería, graduado (a) en una institución que cuente con aprobación del programa por parte de Secretaría de Educación, registrada ante la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá y deberán acreditar tarjeta profesional vigente.

Estos centros comerciales deben contar con turnos de mínimo 8 horas con un auxiliar de enfermería de acuerdo a su operación comercial, este personal debe actualizar sus conocimientos como mínimo cada dos (2) años, con una intensidad horaria no menor de (8) horas. Señor Secretario de Salud ¿Qué tipo de seguimiento y con qué frecuencia se realiza a los centros comerciales para verificar que lo anterior se esté cumpliendo? 

Sistema  de Comunicaciones 

La Resolución 0705 ordena que los establecimientos y centros comerciales con más de 2.000 metros cuadrados deben proveer en el Área de Primeros Auxilios, un sistema de comunicaciones (teléfono fijo, móvil, radiofrecuencia), que le permita conectarse con la Línea de Emergencias 123 NUSE del Distrito Capital.

En mi intervención pregunté ¿La Administración ha verificado el cumplimiento de esta disposición?,  ¿Todos los centros comerciales tienen su sistema de comunicaciones? Y por ultimo ¿Si están debidamente articulados con el 123?

Ambulancias en centros comerciales

La Resolución 0705 de 2007 ordena que los establecimientos y centros comerciales con más de 2.000 metros cuadrados deberán realizar un convenio con una empresa de ambulancias debidamente registrada y habilitada por la Secretaría Distrital de Salud, para garantizar el traslado de los pacientes que por su patología lo ameriten.

Y señala la Resolución que el traslado de pacientes en ambulancias de la Secretaría Distrital de Salud, en el evento de requerirse, dependerá de la disponibilidad de las mismas.

¿La Secretaria de salud ha hecho seguimiento a los convenios con empresas de ambulancias? ¿Cuantos centros comerciales tienen vigentes convenios para el servicio de ambulancias?

71 incidentes en centros comerciales 2012-2018

Muchos de los casos atendidos por la brigada de emergencias de bajo nivel de complejidad  no son reportados al Centro Regulador de urgencias y emergencias CRUE, sin embargo, desde el año 2012 al 2018 han sido reportados al NUSE 123 y transferidos a la SDS un total  de 71 incidentes en los Centros Comerciales: caídas de altura, accidentes de tránsito, abuso sexual, paro cardio respiratorio, heridos, explosión, incendio estructural, suicidio, paciente inconsciente, menor lesionado, trombo embolismo pulmonar, dolor toraxico, electrocución, accidente en escalera eléctrica, intoxicación, hurto de menor.

Un claro ejemplo fue lo sucedido en el Centro comercial Parque la Colina que operó sin haber culminado plan de emergencias, el 21 de febrero de 2017, apareció la noticia que el Centro comercial Parque la Colina operaba sin haber culminado el plan de emergencias.

Esta denuncia muestra que algunos C.C. no cumplen oportunamente con las normas para hacer frente a situaciones de emergencia, poniendo en riesgo la integridad de sus visitantes

Para finalizar solicité a la Administración Distrital que debe realizar un censo de centros comerciales para determinar cuales tienen o no tienen Plan de Emergencias.

Asimismo debe realizar inspección, vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normatividad en materia de emergencias: plan de emergencias, personal y equipos de primeros auxilios, dotación, capacitación, botiquines, áreas de primeros auxilios, recuso humano, etc. Aplicar las sanciones a que hay lugar.

Por ultimo manifesté que hay que exigir   que los grandes Centros Comerciales o grandes superficies  tengan sus propias ambulancias, los grandes centros comerciales deben tener rociadores automáticos de agua para controlar incendios  y recalqué que los centros comerciales deben disponer de salidas de evacuación adecuadas.

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