Siguen en aumento las denuncias sobre avales a vendedores informales por parte de las Alcaldías Locales

Política de reubicación distrital no está siendo efectiva. Bogotá tiene registrados 51.781 vendedores informales y tan solo el 8.9% se encuentra reubicado.

Distrito debe recordar la sentencia de la Corte Constitucional que busca que se le dé alternativas de ingreso a los vendedores informales.

De acuerdo al último registro del DANE, Bogotá tiene actualmente 51.781 vendedores informales, de los cuales más del 80% están sin reubicar. 

La Concejal Angela Garzón, del Centro Democrático, señaló que: “Es necesario mejorar la política de reubicación en el Distrito, pues con la actual política sólo han reubicado el 8,9% de vendedores ambulantes registrados ante el IPES, con lo que se evidencia que la política no está funcionando. Preocupa que muchos de estos vendedores han pedido ser ingresados al registro del Instituto para la Economía Social (IPES), para lograr acceder a temas de empleo o lograr una reubicación, sin embargo, las solicitudes han sido negadas”.

En lo corrido del año, se han solicitado 2.586 avales a las Alcaldías Locales para entrar a hacer parte del Registro de Vendedores Informales RIVI, de los cuales se expidieron 1.307; es decir, solo el 50.54%. 

Las localidades en las que se presentaron más solicitudes fueron Suba, con 504; seguido de Santa Fe, con 320. Llama la atención que en Suba se otorgó el 85.5% de las solicitudes, mientras que en la localidad de Santa Fe no se avaló ninguna solicitud. 

Esta situación es preocupante si se tiene en cuenta que la localidad de Santa Fe es la que más reporta vendedores informales registrados.

Según la Personería de Bogotá, las alcaldías locales que no expiden avales argumentan falta de competencia para acreditar el desarrollo de la actividad comercial en espacio público. Esta situación es preocupante, pues se está desconociendo el Decreto 1421 de 1993, mediante el cual se le atribuyen las competencias a los Alcaldes Locales en temas de espacio público, de igual manera, no se está dando observancia a las sentencias C-211 de 2017 y T-424 de 2017 que hablan de la condición especial de protección constitucional de la Población de Vendedores Informales.

El aumento de trabajo informal ha crecido en la ciudad, por lo que hago un llamado a las entidades correspondientes para que nos informen qué porcentaje de esta población puede realmente ser cubierto por los presupuestos asignados y qué capacidad tienen hoy las entidades del Distrito para manejar el fenómeno de vendedores informales que está en crecimiento.

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