El cabildante puso en evidencia, que hubo falta de estudios previos sobre los beneficios o perjuicios que dicha medida traería para la ciudad, para usuarios, conductores y empresarios del gremio del taxismo “ De una manera irregular, sin planeación, ni previsiones; tanto el señor Alcalde, como el Secretario Bocarejo han insistido -pese a todas las advertencias- en la implementación, de plataformas tecnológicas y tabletas por taxímetros, a través de normas distritales que no tienen ningún soporte jurídico”
Carrillo Campo citó que la Superintendencia de Industria y Comercio en respuesta al Ministerio de Transporte del pasado 19 de Octubre, es contundente en el sentido que las disposiciones contenidas en el Decreto Nacional 2297 de 2015 y Resolución 2163 de 2016, lejos de perseguir una libre competencia podrían generar barreras injustificadas que impedirían el imperio de una neutralidad tecnológica, también, frente a las normas Distritales, conceptuó: “…varias de las disposiciones de las normas en comento, no están destinadas a asegurar los principios que deben regir la actividad del transporte y con los cuales se debe prestar el Servicio de Taxi, como la libre circulación, la seguridad y la libertad de empresa, sino que, por el contrario, se concentran en regular una gran cantidad de características de las plataformas tecnológicas”.
El Concejal agregó “De manera clara y expresa solicito al Secretario Distrital de Movilidad, implementar los TAXÍMETROS ELECTRÓNICOS, siendo estos -como lo expresó la SIC- los implementos adecuados, con el mecanismo más fidedigno y seguro para los consumidores, además que debe tenerse en cuenta que Colombia como Estado miembro de la Organización Internacional de Metrología Legal – OIML – adoptó el Reglamento Técnico del más alto nivel : R21 contenido en la Resolución de la SIC Número 88918 de 2017, cuya vigencia inició el pasado 1 de julio de 2017”.
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