Los Concejales de Bogotá de la Alianza Verde, denuncian y rechazan la persecución contra las edilesas en la JAL de Teusaquillo por parte de algunos ediles de otros partidos políticos, circunstancia que llegó al límite en la pasada sesión del domingo 23 de abril.
Las Edilesas de la JAL de Teusaquillo, Martha Triana y Camila Manzanares, denuncian que durante la citada sesión de la Junta Administradora Local, el irrespeto y hostilidad llegó al límite cuando el edil Luis Carlos Vargas, en estado de alicoramiento y en un grave acto de violencia contra la mujer, levantó la voz y atacó de manera verbal a la edilesa Manzanares, y al parecer luego a los otros ediles a excepción del edil Jorge Rubio.
Por el caos generado en la sesión, los ediles abandonaron el recinto y una vez afuera, el edil Peláez también maltrató verbalmente a la edilesa Manzanares con epítetos que desbordan cualquier consideración y racionalidad.
A su vez, la joven María Camila Robles, familiar de la edilesa Martha Triana, fue así mismo víctima de la grosería y vocabulario soez configurando nuevamente hechos tipificados como violencia contra la mujer, hasta el punto de generar llanto en esta persona asistente a la sesión.
Valga considerar que las conductas llevadas a cabo por los funcionarios denunciados pueden llegar a ser consideradas como delitos contemplados dentro de la legislación vigente, más concretamente los artículos 220 y 226 del Código Penal denominados INJURIA e INJURIA POR VÍA DE HECHO, consistiendo el primero en hacer imputaciones deshonrosas contra alguna persona y el segundo en llevar a cabo actos, representaciones, hechos o símbolos que vulneran el derecho a la honra, honor y dignidad humana como ha ocurrido en el caso de las edilesas Martha Triana y Camila Manzanares.
Las mujeres cuentan en Colombia con una protección especial garantizada constitucional y legalmente, e incluso con la adopción de múltiples tratados internacionales, los cuales se ven vulnerados cuando se presentan comportamientos que ofenden la integridad de cualquiera de nuestras ciudadanas, consideradas como violencia contra ellas.
La ley 1257 de 2008 incluye dentro de su definición como violencia contra la mujer cualquier acción u omisión, que le genere daño psicológico por su condición de mujer bien sea que se presente en el ámbito público o en el privado y dentro de las relaciones laborales entre otras, como se da en el caso denunciado por Martha Triana y Camila Manzanares. Señala además la norma que el daño psicológico consiste en degradar o controlar las acciones, comportamientos, creencias y decisiones de otras personas, por medio de intimidación, manipulación, amenaza, directa o indirecta, humillación, aislamiento o cualquier otra conducta que implique un perjuicio en la salud psicológica, la autodeterminación o el desarrollo personal.
Finalmente, se hace un llamado a la Personería de Bogotá para que lleve a cabo las investigaciones que sean necesarias con relación a los presuntos comportamientos de los ediles denunciados en cuanto a la asistencia a sesiones en estado de embriaguez, irrespeto y agresiones físicas y verbales hacia los miembros de la corporación local a la luz del reglamento interno de la JAL de Teusaquillo y el Código Disciplinario Único.
La bancada de la Alianza Verde solicita a los comités de ética de los partidos de los ediles involucrados que inicien a la mayor brevedad las investigaciones respectivas para determinar las responsabilidades y sanciones a las que haya lugar.
Cordialmente,
Bancada de la Alianza Verde del Concejo de Bogotá






