La Ley 65 de 1993, contempla que el tratamiento penitenciario busca resocializar a las personas privadas de su libertad por la comisión de algún delito, razón por la cual este proceso debe ser integral y ser manejado de manera coordinada por las diferentes entidades tanto del Orden Nacional como Territorial o para nuestro caso Distrital.
Sin embargo, el hacinamiento, los malos tratos y las pésimas condiciones sanitarias, evidencian que de ese “proceso de resocialización integral” y coordinación entre las entidades que contempla la ley, poco o nada se cumple, violando los Derechos Humanos de los internos.
Entre las problemáticas ya registradas por la Defensoría del Pueblo se encuentran, Hacinamiento, que a su vez provocan la propagación de epidemias y enfermedades altamente contagiosas, deterioro de la infraestructura lo que también genera problema de salud en los reclusos y la pésima atención en salud, esta se realiza de manera programada o en momentos de urgencia.
Es muy preocupante ver que la problemática ya se encuentra identificada y aun así no se presentan acciones contundentes por parte del INPEC ni del Distrito para brindar un adecuado manejo y tratamiento de la población reclusa.
Es deber de la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia realizar una actividad protagónica en la defensa y garantía de los Derechos de los reclusos para el cumplimiento de sus condenas.







