UNIDAD DE APOYO NORMATIVO

En atención al ACUERDO 151 DE 2005 "por el cual se establecen mecanismos para la rendición de cuentas y la visibilidad de la gestión de los concejales y del Concejo de Bogotá, D.C. y se dictan otras disposiciones",

Martes 7 de julio de 2009

"...

ARTÍCULO 3.- VISIBILIDAD DE LOS CONCEJALES. La página de internet del Concejo contendrá de manera permanente y con un diseño claro que facilite su consulta, toda la información pública respecto de los Concejales en relación con el ejercicio de sus funciones y de las actividades relacionadas con ellas.

Como mínimo deberá publicarse:

 

g. La composición de la respectiva Unidad de Apoyo Normativo de cada Concejal.

..."

PERFILES

OSCAR ORLANDO DAZA FLÓREZ - ASESOR

LUIS ARTURO FORERO RONDEROS - ASESOR

ELIZABETH FUENTES MURILLO - ASESOR

LILIANA ARÉVALO - ASESOR

MARÍA CLARA TORRES - ASESOR

SANDRA EMILCE MENDOZA BARÓN - ASESOR

ALEJANDRA GARCÍA QUIROGA - PROFESIONAL UNIVERSITARIO

MARÍA CAMILA CAMACHO CAMACHO - PROFESIONAL UNIVERSITARIO

ADRIANA FAJARDO OLARTE - AUXILIAR ADMINISTRATIVO (JEFE PRENSA Y COMUNICACIONES)

DANIELA ESTEFANÍA OLIVEROS GABRIEL - ASISTENTE TÉCNICO (SECRETARIA EJECUTIVA)

YOVANNY BELTRÁN - ASISTENTE (CONDUCTOR)

 

 

CIRCULAR 033 DE 2015

"... Para la Corte Constitucional, de acuerdo con la sentencia T-220/04, "el derecho fundamental a la intimidad está determinado en su dinámica funcional por tres ámbitos de protección, según ciertas coordenadas o circunstancias sociales y normativas: (i).La no divulgación o conocimiento, por parte de terceros, de los hechos, situaciones, comportamientos e informaciones que la persona desea mantener reservadas para sí o para el núcleo familiar. (ii).La no intromisión en los ámbitos físicos o espaciales donde la persona desenvuelve su existencia (residencia, lugar de trabajo, cuartos de hotel, etc.), y (iii).La no intromisión en el cuerpo físico como ámbito propio y exclusivo de existencia."... 

 

... "Para esta Secretaría, la información que se encuentra consagrada en las hojas de vida de los servidores públicos contempla aspectos susceptibles de no ser divulgados, tales como la residencia, la familia, el número telefónico, la remuneración, la declaración juramentada de bienes y rentas, que no son indispensables para el debido ejercicio del control político o ciudadano."

 

VER CIRCULAR COMPLETA

 

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