Proyecto de acuerdo No. 281 de 2010. "Por medio del cual se establece la celebración del día del vehículo clásico y antiguo en Bogotá, D.C."
“POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE LA CELEBRACIÓN DEL DÍA DEL VEHÍCULO CLÁSICO Y ANTIGUO EN BOGOTÁ, D.C.”
Texto Aprobado en Primer Debate en la sesión del 22 de noviembre de 2010
de la Comisión Primera Permanente del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Concejo de Bogotá D. C
PROYECTO DE ACUERDO No. 281 DE 2010
“POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE LA CELEBRACIÓN DEL DÍA DEL VEHÍCULO CLÁSICO Y ANTIGUO EN BOGOTÁ, D.C.”
EL CONCEJO DE BOGOTA, D.C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, en su artículo 12, numeral 13º,
ACUERDA
Artículo 1. Establézcase la Celebración del Día del vehículo Clásico y Antiguo el día 8 de diciembre.
Artículo 2. La Secretaría Distrital de Movilidad en concordancia con los artículos 99 y 100 del Código Nacional de Tránsito y la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte conforme a lo establecido en el decreto 633 de 2007 serán las responsables de definir los horarios, las vías exclusivas, la ruta y los espacios públicos donde se desarrollarán las actividades de dicha celebración.
Artículo 3. Participación. Sólo participarán los vehículos cuya denominación como clásico y/o antiguo esté certificada por la Secretaría de Movilidad Distrital y avalados por los clubes y asociaciones de vehículos clásicos y antiguos registradas a nivel nacional y distrital.
Parágrafo: Se excluirán los vehículos que no cumplan con los requisitos establecidos para ser considerados clásicos y/o antiguos.
Artículo 4. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE


