Grupo Significativo de ciudadanos Pacto

  COMPENDIO ESTATUTOS

  cosulte aquí los estatutos de PACTO

CARÁCTER: Grupo significativo de ciudadanos sin ánimo de lucro, sujeto a principios y valores cristo céntricos.

MARCO IDEOLÓGICO: Cosmovisión Teísta Bíblica.

MIEMBROS:

  1. SIMPATIZANTES: Personas que se identifican con la ideología de PACTO, firmaron para su creación y votaron por sus candidatos.
  2. MILITANTES: Personas afiliadas que participan en actividades de PACTO (seminarios, foros, caminatas, ciclopaseos, elecciones internas, entre otros.).
  3. AFILIACIÓN COLECTIVA: Organizaciones de toda índole que comparten y acogen los estatutos de PACTO.

. Participar en l conformación del programa del Grupo.

. Participar en la lista de elección popular que se proponga.

Derechos . Usar los símbolos de PACTO para promover candidatos.

. Tomar parte en los actos que organice PACTO.

. Recibir información sobre PACTO.

. Disentir, conservando la unidad de decisiones internas de PACTO

. Promover, respetar y cumplir los principios, objetivos y programas,

estatutos, decisiones de órganos directivos, reglamentaciones,

Deberes informes y Código de Ética.

. No militar en otro grupo significativo de ciudadanos o partido

político.

ASAMBLEA NACIONAL: Mayor órgano de dirección.

. Período: Una vez al año o solicitud de la Dirección Nacional.

. Convocatoria: Convoca el Secretario General con 5 días de

anticipación.

REUNIÓN . Quórum: Mitad más uno.

. Decisorio: Por mayoría.

. No quórum: Segunda Asamblea dentro de mes siguiente. Se

decide por mayoría.

. Dirección Nacional.

. Secretario General.

. Delegados de Asambleas (Dptales, Dtales y Mpales). CONFORMACIÓN . Representantes de Juntas o Consejos Directivos de

Organizaciones afiliadas a PACTO.

. Dos (2) jóvenes menores de 26 años.

. Dos (2) mujeres.

. Un (1) representante de minorías étnicas.

. Director Nacional

. Nombramientos

. Veedor

. Estatutos y reformas

. Normas Éticas

. Aprobación

. Régimen disciplinario

FUNCIONES . Lineamientos, plataforma política,

y estrategia política.

. Revocatoria mandato de militantes, previo dictamen de                                                                                       Tribunal Disciplinario.

. Segunda Instancia en decisiones de expulsión de

Miembros de Corporaciones Públicas.

DIRECCIÓN NACIONAL: Mayor autoridad cuando no  está reunida Asamblea.

Elección: Asamblea Nacional.

Período: Dos (2) años.

. Un (1) miembro = Director Nacional = Representante Legal.


. Cinco (5) miembros: dos (2) elegidos en

Corporaciones públicas y tres (3) designados

Miembros libremente.

. Colegiado      . Presidente = Representante Legal (elegido para

un (1) año).

. Quórum: Mitad más uno.

. Decisorio: Mayoría asistentes.

. Secretario General

. Auditor Interno

. Nombramientos

.Revisor

. Tribunal Disciplinario

. Proyectar reforma y reglamentación de estatutos y plataforma

política.

. Desarrollar políticas y decisiones de la Asamblea.

Funciones . Fijar criterios sobre escogencia de candidatos y definir sus

Nombres.

. Convocar y presidir sesiones de Asamblea Nacional.

. Establecer términos y señalar funciones para Asambleas

Departamentales, Distritales y Municipales.

. Aprobar estados financieros y presupuesto anual.

. Ser segunda instancia en decisiones del Tribunal Disciplinario.

SECRETARIO GENERAL: Designado dentro de los miembros de PACTO por la Dirección Nacional.

. Levantar actas, llevarlas en libros y manejar el archivo.

. Atender asuntos de orden jurídico.

. Ejercer por delegación la representación legal.

Funciones . Certificar afiliaciones y retiros.

. Dar a conocer las decisiones de los órganos de dirección.

. Preparar el presupuesto anual.

BANCADAS: Militantes de PACTO elegidos para Corporciones Públicas o miembros de Corporaciones Públicas elegidos que se afilien a PACTO.

. Desarrollar políticas y acatar decisiones de Órganos de Dirección.

. Determinar actividad legislativa y control político del grupo.

. Buscar cohesión de la actividad del grupo en las demás

Funciones Corporaciones Públicas de elección popular.

. Nombrar al Coordinador y a Voceros temáticos.

. Rendir informe a la Asamblea sobre gestión.

. Dictar su reglamento.

. Por mayoría.

Decisiones . Por procedimiento democrático puede decidir Dirección Nacional.

. Empate: Se vota en el sentido en que el Coordinador indique.

COORDINADOR Y VOCERO: Elegido en primera reunión de la bancada.

Período: Seis (6) meses.

Funciones: . Convoca reuniones bancada

. Firma actas

RÉGIMEN DISCIPLINARIO

TRIBUNAL DISCIPLINARIO: Conoce de la violación de principios y estatutos

del  Grupo.

Miembros: Tres (3) principales y tres (3)

suplentes.

. Violación a estatutos.

. Doble militancia.

. Mala conducta cívica o ética.

FALTAS DE . Faltar al programa.

MILITANTES . No acatar directrices y decisiones de órganos de dirección y

control.

. No cumplir acuerdos de PACTO.

. Revelar asuntos confidenciales.

. Hacer declaraciones públicas que deterioren la imagen

Institucional.

. Actos graves de indisciplina.

. Incurrir en delitos.

. Lanzar calumnias contra militantes.

. Incumplimiento de deberes y obligaciones.

. Llamadas de atención verbal o escrita.

. Suspensión temporal máximo un (1)año.

. Suspensión indefinida.

SANCIONES A . Desvinculación cargo comisionado.

MILITANTES . Destitución del cargo directivo, ejecutivo o de control.

. Expulsión.

. Información personal o por correo certificado de la queja.

. Tres (3) días hábiles para contestar.

. Diez (10) días calendario para pruebas.

DEBIDO . Pronunciamiento del Tribunal.

PROCESO . Tres (3) días hábiles para interponer recursos de reposición

y apelación.

. Cinco (5) días para que el veedor se pronuncie e interponga

recursos.

. Inobservancia de directrices del Grupo.

. Inasistencia injustificada a reuniones.

FALTAS DE . Votación contraria a bancada.

MIEMBROS . Abstenerse de votar sin justificación.

BANCADA . Sostenimiento de posiciones diferentes a la de la bancada.

. Manifestación pública e injuriosa contra bancada, Grupo o

dignatarios.

. Realizar o promover conductas de transfugismo.

. Amonetación  verbal o escrita.

. Pérdida derecho al voto por una sesión (cuando no altere

resultado final de votación).

SANCIONES . Pérdida derecho al voto por el número de sesiones que

MIEMBROS determine el Tribunal Disciplinario (cuando el voto contrario es

BANCADA sostenido durante todo el debate).

. Suspensión derecho al voto hasta 90 días calendario.

. Pérdida derecho al voto por un (1) año.

. Pérdida indefinida del derecho al voto.

. Pérdida definitiva del derecho al voto.

. Expulsión.

. Solicitud pérdida investidura ante instancia correspondiente

VEEDOR: Propicia el cumplimiento de deberes y obligaciones de los miembros

del Grupo.

. Velar por el cumplimiento de deberes de los miembros.

. Velar por cumplimiento del régimen de inhabilidades e

Funciones incompatibilidades de los servidores públicos pertenecientes

al grupo y en caso de violación promover acciones.

. Presentar informe semestral de gestión.

. Pronunciarse o interponer recursos en procesos disciplinarios.

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