Control y Vigilancia de establecimientos de “rumba” son normas policivas, no urbanísticas

Así lo aseveró el Concejal Jairo Cardozo, del Movimiento Político Mira.

“No nos parece razonable lo expuesto por la Administración Distrital, en cuanto a que la nueva normatividad del POT pueda mejorar el control y vigilancia de los establecimientos dedicados al consumo de alcohol, supuestamente porque ahora lo que se tendrá en cuenta es la actividad y no la razón social de ellos. Y es que, salvo el cambio de nombre de “Servicios de alto impacto de diversión y esparcimiento”, como se les llamaba en la norma derogada, por el de “usos restringidos de comercio y servicios”, no existe ninguna modificación que permita sustentar tal argumento, es decir que la norma antigua también tenía en cuenta la actividad y no la razón social, lo cual es absolutamente lógico, porque las normas urbanísticas, como es el caso del POT, no pueden invadir la órbita de las normas de carácter policivo, que son las que contemplan los procedimientos para la aplicación de sanciones por infracciones a este tipo de establecimientos”, manifestó el cabildante.

 

“Claro que el control por parte de las autoridades de policía se torna más dispendioso, y en consecuencia menos efectivo, cuando los establecimientos dedicados a estas actividades se encuentran dispersos en el territorio, que cuando el modelo es de aglutinamiento de ellos por sectores. Infortunadamente el modelo adoptado en el nuevo POT es de dispersión a lo largo y ancho del territorio, en las Áreas de Actividad Económica Intensiva y las de Integración”

 

“Así se diga que lo anterior no es cierto, basta una lectura juiciosa del Artículo 282 del Decreto 346 de 2013, (nuevo POT), para concluir que la Secretaría Distrital de Planeación, previa solicitud del propietario del inmueble y el cumplimiento de algunos requisitos allí señalados, habilitará la localización de estos comercios y servicios restringidos, en las Áreas de Actividad Económica Intensiva, y en las Áreas de Integración por fuera del centro ampliado. Entonces, reiteramos nuestra preocupación que en un futuro no muy lejano, la ciudad estará inundada de bares, tabernas, discotecas, moteles y Centros Comerciales dedicados a la prostitución, y el control policivo para exigir el cumplimiento de normas relativas a horarios, decibeles, etc., seguirá siendo insuficiente e ineficaz, a no ser que se impulse una reforma al Código Nacional de Policía, que haga expeditos los procedimientos sancionatorios, cerrando el paso a las burlas de que es objeto la actual normatividad”, concluyó el Concejal Cardozo.

 

Concejal Jairo Cardozo Salazar. Cel. 3182102138

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