Así lo solicitó la concejal de Bogotá Lucía Bastidas, a la Secretaría Distrital de Hacienda tras conocerse el fallo de la Corte Constitucional que declaró inexequible el artículo 7 del Decreto Nacional 678 de 2020.
En este sentido el decreto legislativo en dicho artículo planteaba que para la recuperación de la cartera de los territorios. Así las cosas, hasta el 31 de octubre pagaba el 80% sin intereses hasta el 31 de diciembre hasta el90% sin intereses y ahora con la sentencia el Alto Tribunal que consideró que l gestión tributaria, financiera y presupuestal por temas relacionados con el Covid-19 no procedía tal beneficio y no era constitucional; y por ende, deja esa decisión en la autonomía de las autoridades territoriales.
Es así, como en su misiva, la concejal Bastidas, considerando la respuesta de Hacienda acerca de respetar el fallo de la Corte, reconociendo los tales beneficios únicamente para las personas que hayan enviado sus solicitudes antes del 21 de octubre para obtener descuentos al ponerse al día en sus deudas tributarias y no tributarias, mantener el plazo y los descuentos.
Y le recordó además al secretario Juan Mauricio Ramírez, los inconvenientes generados a los ciudadanos con las fallas persistentes en la plataforma distrital ‘BogData’ que ha afectado seriamente la oportunidad en los pagos. “Es importante recordarle que durante los primeros días del mes de octubre la plataforma no permitía realizar los trámites en la oficina virtual, por lo que de alguna manera no se garantizaron los canales, ni los medios para que las personas pudieran liquidar sus cuentas pendientes”.
Y agregó: “En este sentido, solicito amablemente se evalué extender el periodo para que las personas puedan enviar su solicitud, dada que las contingencias que se han presentado con la plataforma y que hasta el día de hoy están siendo superadas, por lo que se hace necesario por seguridad jurídica mantener el beneficio a los ciudadanos por la imposibilidad de realizar los trámites correspondientes. Aclarando que la Corte Constitucional señaló la autonomía que tienen las entidades territoriales para el recaudo tributario, y en este sentido la Alcaldía de Bogotá puede modificar o adaptar este beneficio a la realidad de la crisis de los ciudadanos. Por tanto, propongo a su despacho extender el plazo para el envío de solicitudes y/o generar otra alternativa que permita a los ciudadanos entre el 2 al 30 de noviembre del presente año manifestar su voluntad de querer pagar las cuentas adeudadas y dar un plazo hasta diciembre de 2020 para realizar los pagos”.