El código de policía debe ser debatido mediante proyecto de acuerdo

“Por medio del cual se adopta la ley 1801 de julio 29 de 2016 como código de policía y convivencia de Bogotá D.C. se expiden normas de carácter subsidiario y se dictan otras disposiciones”

Con fundamento en la Constitución Nacional, el Estatuto Orgánico de la ciudad y la Ley 1801 de 2016, presento a consideración del Honorable Concejo Distrital de Bogotá D.C. este proyecto de acuerdo por medio del cual se adopta como Código Distrital de Policía y Convivencia la Ley No1801 de julio 29 de 2016, se hace uso de la capacidad normativa conferida al Concejo Distrital en el Artículo 12 literal 18 del Decreto 1421 de 1993 y en la Ley 1801 de 2016.

 

La expedición del nuevo Código Nacional de Policía mediante la Ley 1801 de 2016 hace necesario que el Concejo Distrital de acuerdo con sus competencias Conferidas en el Artículo 313-9 de la Constitución nacional y desarrolladas en el Numeral 18 del Artículo 12 del Decreto 1421 de 1993 y en la Ley 1801 de 2016 Artículo 12 estudie y expida un nuevo código de policía para la ciudad.  Con ese propósito me permito presentar para estudio de la Corporación este Proyecto de Acuerdo que contiene los lineamientos principales para expedir dicho código actualizando el actual Acuerdo 79 de 2003 y haciéndolo compatible con las ordenes impartidas en la nueva ley.

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