Las respuestas a estos dos interrogantes tienen una doble naturaleza, por un lado encontramos la respuesta jurídica y por otro lado tenemos la respuesta política. La primera surge de la sentencia C-397 de 2016, por medio de la cual la Corte Constitucional avala la convocatoria al plebiscito por la paz como mecanismo para refrendar el Acuerdo Final de Paz que el Gobierno y FARC firmarán para terminar el conflicto armado. La segunda surge de la realidad social, económica y política colombiana.
La Corte Constitucional, dejó claro que lo que está en juego en el plebiscito es la aprobación por parte del pueblo de una política del Gobierno actual, lo cual se traduce en que si gana el Sí, jurídicamente el Presidente está en la obligación de implementar lo acordado en la Habana; lo que conllevará a presentar ante el Congreso de la República todos los proyectos de ley necesarios para cumplir con su obligación y será el Congreso quien determine si convierte dichos proyectos en leyes, dando por terminado el conflicto armado y dando un paso hacia la consecución de una paz estable y duradera.
Si el país vota No en la refrendación de los acuerdos, será jurídicamente imposible para el Gobierno implementar el Acuerdo final. Sin embargo, esta imposibilidad solo aplica para los acuerdos llevados a consideración del pueblo, pero el Presidente, como responsable directo del orden público, tiene derecho a seguir buscando la paz con un acuerdo distinto, que podría someter o no a un nuevo plebiscito. En este caso, políticamente solo existe una respuesta clara, si gana el No, se terminan las conversaciones, se perderán 4 años de trabajo y las esperanzas de toda una nación de vivir en paz.
Por todo lo mencionado, el Concejal del Polo Democrático Alternativo, CELIO NIEVES HERERA, apoya la refrendación de los acuerdos de la Habana, e invita a votar Sí en el plebiscito.