Excluir la Financiación de Redes de Acueducto y Alcantarillado por parte de los Urbanizadores Privados para VIS y VIP.
La participación del CONCEJAL SALAMANCA en las mesas de discusión y concertación del PLAN DE DESARROLLO BOGOTÁ HUMANA, permitieron este logro; en el entendido que la EAAB es quien tiene la competencia y función de asumir los costos del conjunto de obras de redes hidráulicas y sanitarias para la actualización de redes y no puede trasladar este costo a los urbanizadores, pues esto impediría el cierre financiero de los proyectos de vivienda y dificultaría aún más el derecho de las familias a una vivienda digna y propia. Supresión del Artículo 69. Financiación de redes de acueducto y alcantarillado.