El pasado jueves 6 de junio, la Corte Constitucional aseguró que las normas del Código de Policía que prohibían el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas en espacio público y parques violentaban el libre desarrollo de la personalidad; si bien este parecería ser un argumento válido, es necesario resaltar que está decisión no da relevancia a los derechos de los niños, a la protección de su tranquilidad y sus familias, ni a la protección del medio ambiente y el espacio público.
Durante años la policía se ha enfrentado a una difícil lucha: mantener nuestros parques libres de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas con el objetivo de garantizar la tranquilidad y seguridad de nuestros niños; con estas últimas consideraciones de la Corte Constitucional se abre una puerta más a la delincuencia, las riñas, la inseguridad y el consumo de drogas para los menores de edad. Los niños son usuarios frecuentes de nuestros parques y para muchos estos espacios son los únicos lugares de entretenimiento que tienen para compartir y ahora serán expulsados debido a la decisión de la Corte.
Ahora los niños deberán salir corriendo fuera de los parques o estar al lado de personas que consumen marihuana y alcohol, lo que los dejará en riesgo de violencia e incidencia de consumo que se potencia por el ejemplo. Además, todo el esfuerzo de la administración por construir y mejorar la infraestructura de parques para modernizarlos será en vano pues serán entregados a los consumidores de drogas y bebidas alcohólicas.
Hay total tolerancia para los consumidores de drogas, pero desafortunadamente en la reciente decisión de la Corte los niños y niñas no se toman en cuenta para que estos tengan en su espacio libre humo y alcohol para disfrutar. Adicionalmente, surge una nueva preocupación sobre si aumentará el microtráfico de drogas con expendedores matizados en consumidores en los parques.
Apelando a la relevancia que deberían tener los derechos de los niños y a la Ley 745 de 2002, ARTÍCULO 1:
El que en presencia de menores de edad consuma estupefacientes o sustancias que produzcan dependencia, incurrirá en las siguientes sanciones:
1. Multa entre dos (2) y cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales cuando incurra en la conducta por primera vez.
2. Multa entre cuatro (4) y seis (6) salarios mínimos legales mensuales en caso de reincidencia.
Hemos solicitado al Alcalde Mayor de Bogotá acciones legales y policivas urgentes que busquen preservar la seguridad y tranquilidad en el espacio público, principalmente de nuestros parques, dando prioridad a la protección de los niños y las niñas. Desde el Concejo de Bogotá estaremos dispuestos a apoyarle para encontrar la manera de garantizar el derecho al libre desarrollo sin poner en riesgo la seguridad de nuestros niños.
Por estas razones, el Concejal Nelson Cubides invita a que las familias se tomen los parques para protestar contra esta medida de la Corte. El Concejal estará en las localidades de Kennedy, Fontibón y Engativá realizando un plantón en diferentes parques para luchar por el derecho que tienen los niños y las niñas de disfrutar de los parques como espacio de sano esparcimiento.
Más información:
Síguenos @NelsonCubides