Libertad de expresión: Un reto para Bogotá

Por: Diego García Bejarano
Concejal de Bogotá

 

En sociedades democráticas, en las que incluimos con sumo optimismo el caso colombiano, el derecho a la libertad de opinión y expresión constituye uno de los pilares mismos de la institucionalidad, con el cual se garantiza que ningún ciudadano sea perseguido, bien por agentes estatales, bien por otros ciudadanos con fundamento en su sistema de creencias o convicciones.

 

Las expresiones artísticas al ser desarrollos propios del intelecto humano están cubiertos por la protección constitucional, bien sean expresiones socialmente aceptadas o aquellas que puedan llegar a considerarse inusuales, alternativas o diversas, lo cual incluye las expresiones ofensivas, chocantes, impactantes, indecentes, escandalosas, excéntricas o simplemente contrarias a las creencias y posturas mayoritarias[1], ya que la libertad de expresión incluye la protección tanto de su contenido, como el tono con el que se emite.

 

En atención a los postulados democráticos en los que se desenvuelve la actividad de una corporación como el Concejo de Bogotá, resulta importante dilucidar los aspectos sobre los cuales éste debe centrar su atención en desarrollo de lo que se conoce como Control Político, pues más allá de querer impregnarlo de misticismo, moralismo o religiosidad, debe en cambio, velarse por el cumplimiento de principios como la igualdad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y celeridad que deben regir la función pública de las diferentes entidades del Distrito.

 

Así las cosas, no resulta procedente ni pertinente que desde el Cabildo Distrital se eleven voces de censura a expresiones propias del ámbito artístico, exigiendo cancelar o prohibir eventos culturales amparados en presuntos tecnicismos legales con los que se quieren camuflar los prejuicios de quien no acepta un pensamiento distinto al propio, desconociendo la esencia misma de la diferencia.

 

Hay que celebrar toda expresión del arte, independiente de la forma en que se nos presente, por cuanto representa lo que somos como sociedad, bien sea que nos guste o nos resulte irritante, por lo que sería irrisorio querer simplemente vetarlo para anular su existencia, lo que de una u otra manera podría equipararse a querer ignorar aquellos datos que nos aporta la realidad solo porque nos parecen odiosos o simplemente retan lo que pensamos sobre la configuración del mundo.

Que viva la cultura y que vivan los artistas, ¡¡En horabuena el Concierto de la Esperanza!! ¡¡Bienvenidos Calle 13 a Bogotá!!

[1] H. Corte Constitucional. Sentencia C-442 de 2011. M.P. Humberto Sierra Porto.

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