Policía reconoce que va en contravía de la Corte Constitucional en caso de habitantes de calle en Bogotá: Diego Cancino

El concejal de la Alianza Verde, Diego Cancino, denunció que la Policía de Bogotá aplica distintas estrategias para evitar asentamientos y colonización de espacios por parte de habitantes de calle aplicando el mecanismo de traslados por protección, violando así la Constitución y aplicando mecanismos que rayan en la ilegalidad.  
“La policía reconoce sin tapujos que realiza planes para evitar asentamientos y colonización de lugares por parte de este conglomerado, es decir, habitantes de calle, trasladándolos a centros de traslados por protección, lo cual es inconstitucional, ilegal y no figura entre las causales estipuladas en el Código de Policía para proceder con los traslados”, aseguró el concejal Cancino en el debate sobre habitantes de calle en el Concejo de Bogotá. 
Según la ONG Temblores, 1.175 habitantes de calle fueron asesinados en Bogotá entre 2007 y 2017 y 7.868 fueron víctimas de violencia física. Teniendo en cuenta que, según el censo de 2018, en Bogotá habitan 9.538 habitantes, estas cifras son totalmente alarmantes. Por otra parte, sólo en los primeros ocho meses de 2016 (Gobierno de Peñalosa), la policía detuvo ilegalmente a 2.805 habitantes de calle, es decir al 30%.
“Los datos son totalmente elocuentes y muy tristes: en los últimos 10 años los homicidios en términos generales bajaron un 30%, en cambio los homicidios de habitantes de calle aumentaron en 115% -más del doble-. Inadmisible que en una sociedad se privilegien unas vidas sobre otras”, dijo Cancino en el debate. 
De acuerdo con la Corte Constitucional un habitante de la calle es todo aquel que, sin distinción de sexo, raza o edad, hace de la calle su lugar de habitación, ya sea de forma permanente o transitoria, y no cuenta con la totalidad de los elementos para solventar las necesidades básicas de un ser humano. (Sentencia T-092 de 2015)
El concejal hizo un llamado no sólo para que se apliquen los condicionamientos de la Corte Constitucional y se trate de manera especial a estas personas que se encuentran en un estado de extrema fragilidad social y requieren de especial protección por parte del Estado, incluida la policía. Cancino señaló que la figura de los traslados por protección presenta muchos riesgos, razón por la que cursa una demanda ante la Corte Constitucional.
Finalmente, Cancino interpuso un derecho de petición verbal a la MEBOG y a la Personería, con el fin de que le alleguen copia de los informes de los traslados por protección realizados desde 2017 y en los que se señale la causal y las razones del traslado, en razón de que la policía afirmó en derecho de petición que realiza traslados por protección a habitantes de calle para evitar que se asienten en un lugar.
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