“Se informa a la comunidad general:
Que en el Juzgado 53 Administrativo del Circuito de Bogotá – Sección Segunda ubicado en la Carrera 57 Nro. 43-91 Piso 6 – Sede Judicial Aydee Anzola Linares, correspondencia a través de la ventanilla virtual https://ventanillavirtual.consejodeestado.gov.co/, se tramita el medio de control de Protección de los Derechos e Intereses Colectivos radicado bajo el Nro. 110013342-053-2021-00286-00 en el que funge comoaccionante las señoras LUZ ESTELLA
DÍAZ AREVALO Y YOHANNA ALEXANDRA LEAL ROA, y accionada la ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ – SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, SECRETARÍA DE MOVILIDAD, SECRETARÍA DE GOBIERNO, ALCALDÍA LOCAL DE KENNEY, INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, DEPARTAMENTO DE ESPACIO PÚBLICO –DADEP, CONCEJO DE BOGOTÁ, CONSTRUCTORA BOLÍVAR, HGR CONSTRUCTORA INMOBILIARIA S.A.S., GEOMÉTRICA TALLER DE ARQUITECTURA S.A.S. y LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA – CAR, la cual tiene por objeto la protección de los derechos colectivos de i) goce de un ambiente sano y la existencia del equilibrio ecológico, ii) el goce del espacio público y la utilización y defensa de bienes de uso público, iii) seguridad y salubridad públicas, iv) la realización de construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes; v) moralidad administrativa, iv)acceso a servicios públicos y prestación eficiente, y vii) seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente.”
Ver: Auto admisorio
Ver: escrito de demanda



