Ambientalistas de Cundinamarca le piden a la Procuraduría pronunciarse sobre licenciamiento en la reserva forestal de Tabio

Tabio, Cundinamarca. Mayo 3 de 2021.  Organizaciones ambientales del departamento de Cundinamarca reiteraron su solicitud a la Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, de que se pronuncie sobre la solicitud hecha a la Empresa de Energía de Bogotá, en el sentido de cambiar el trazado inicial de la construcción de torres de transmisión de energía de alta tensión que afectan la reserva forestal en ese lugar. 

Para los Ambientalistas que defienden la conservación de la zona alta de la cuenca del Rio Bogotá, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, ANLA, no sólo declaró falsamente cuando afirma haber cumplido el requisito legal de esta visita de evaluación, especialmente la del Municipio de Tabio, donde se instalarían más de 10 Torres de alta tensión afectando las reservas forestales que allí se encuentran, sino que desde inicios del trámite se ha actuado a espaldas de la comunidad, se lee en el documento enviado al ente fiscalizador.

Para Birna Avila, defensora ambientalista, las comunidades no están en contra del desarrollo que conlleva abastecerle el servicio de energía eléctrica a la región; en lo que no están de acuerdo es que se afecte la reserva natural con la instalación de torres de transmisión de alta tensión en medio de la reserva, afectando el ecosistema.

“Lo que estamos pidiendo es que se cambie el trazado inicial aprobado por el ANLA, porque en primer lugar no tuvo en cuenta la afectación a la reserva con la licencia que expidió.  Aquí hay especies endémicas como el tigrillo de las zonas altas que se vería afectado y sometido a su desaparición por cuenta de la decisión de la Autoridad Nacional de Licencia Ambientales”, indicó.

En el documento que le enviaron a la procuraduría, los accionantes consideran que, la misma ANLA en oficio No. 15DPE29184-00-2019 del 19 de marzo de 2019 indican expresamente los deberes que tenía esa entidad entre los que se encuentran: observar condiciones ambientales en el área de influencia del proyecto; verificar la información presentada en el EIA; recorrer las áreas aledañas; tener una visión directa del área; permitir las apreciaciones de la población que vive en los alrededores del proyecto, incluidos los parámetros o criterios bajo los cuales fue atendida la visita de evaluación  como el paisaje, presencia de ecosistemas acuáticos y terrestres, perfiles de vegetación, recurso hídrico superficial y subterráneo, condiciones de las viviendas, áreas protegidas.

“Ni los objetivos específicos ni los criterios bajo los cuales fue atendida la presunta visita, fueron cumplidos por la ANLA”, sostienen los accionistas en la queja interpuesta ante la procuraduría General y que ahora tendrá que resolver en beneficio no solo de las comunidades si no de la reserva natural.

 

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