Jueces de Paz: una mirada al sistema alternativo de justicia comunitaria

Los Jueces de Paz y su importancia en la justicia colombiana

Desde la promulgación de la Ley 497 de 1998, el Consejo Superior de la Judicatura reglamentó los procesos de elección y posesión de Jueces de Paz y de Reconsideración, como desarrollo de la Jurisdicción Especial de Paz. Esta reglamentación nacional ha hecho que Bogotá tenga que formular criterios para su implementación local.

Los jueces de paz fueron designados para resolver los conflictos de las personas o la comunidad, que de manera voluntaria acuden a la figura del juez de paz para alcanzar la conciliación o disentimiento de conflictos menores. En esta jurisdicción especial, se pueden atender conflictos relacionados con: conflictos de convivencia comunitaria; situaciones que pueden ser resueltas a través del diálogo; conflictos en el ámbito doméstico y convivencia familiar; situaciones conflictivas en las que las partes tengan intereses económicos, cuando su monto no supere 100 SMLMV; desacuerdos sobre deudas e intereses y demás conflictos propios de los particulares y la comunidad; diferencias sobre arrendamiento de inmuebles.

Cabe mencionar que los Jueces de Paz no son funcionarios ni servidores públicos, son personas particulares, elegidas por voto popular y que tienen la autoridad para resolver los conflictos descritos anteriormente, cuando las partes involucradas se lo solicitan de común acuerdo. Por esa razón, el Juez de Paz no puede hacer citaciones o invitaciones a quienes no han solicitado de manera previa su intervención

En materia de accesos a la justicia en Bogotá, es importante señalar que, si bien la administración distrital hoy cuenta con la Secretaría de Seguridad que tiene como tarea liderar la formulación promoción, ejecución y evaluación de políticas públicas en justicia, aún no se ha definido una política pública en materia de acceso a la justicia específica. En este sentido, los únicos referentes de una política de justicia se encuentran en las políticas de seguridad se han definido en programas, planes y estrategias que se vienen planteando en los planes de desarrollo de los diferentes gobiernos.

La labor de los jueces de paz en el Distrito Capital

Según información reportada por la Administración Distrital, más de 130 mil ciudadanos resolvieron sus conflictos, con la mediación de los Jueces de Paz y Reconsideración, entre el 2020 y 2021. La Secretaría de Seguridad informó que el 43% de los conflictos fueron de índole familiar (divorcios, demandas por alimentos, régimen de visitas), el 24% por problemas de arriendos y convivencia entre vecinos, y el 10% por asuntos relacionados con hurtos en cuantías menores y lesiones personales, generalmente, por riñas[1].

En lo que va corrido del año, de acuerdo con los datos entregados por la Secretaría de Seguridad, delitos como las lesiones personales tuvieron un aumento durante el primer semestre de 2022 en comparación con el mismo periodo de 2021, con un aumento del 17%, pero más preocupante aún es el significativo aumento en la violencia intrafamiliar, que en comparación con 2021, tuvo una variación porcentual del 32,9%. El hurto a personas aumentó un 10%. Estas cifras nos sirven para hacernos una idea de la importancia que tienen los Jueces de Paz en la ciudad, ya que representan conflictos que pueden ser resueltos por la intervención de los mismos.

Problemáticas que afectan a los Jueces de Paz

El pasado 30 de enero la ciudadanía eligió a 155 Jueces de Paz y 22 de Reconsideración. No obstante, algunos de los Jueces de Paz elegidos en aquellos comicios denunciaron que el día de las elecciones se presentaron varios inconvenientes, como la ubicación de puestos de votación en lugares muy alejados, el cambio de los mismos a última hora, el incumplimiento de los horarios de apertura y cierre de los puestos de votación.

Por otro lado, se pretendió que los jueces de paz fueran líderes comunitarios que resolvieran los conflictos en equidad, de acuerdo con los criterios propios de cada comunidad, por lo que la ley no les exige capacitación alguna para ocupar el cargo. No obstante, algunos estudios revelan que la precaria preparación o formación, se ha constituido en una dificultad a la hora de expedir las actas y sentencias por ausencia de los requisitos mínimos que deben contener; debido a que, si éstos no se cumplen, no podrán ser ejecutadas por los jueces civiles municipales, acarreando más congestión a la justicia y dificultando el acceso a ella. Además, las capacitaciones que se realizan se hacen virtual y masivamente, lo que hace que estos procesos de capacitación no sean eficientes.

Adicionalmente, los jueces de paz no cuentan con un rubro presupuestal propio: este es quizás uno de los aspectos que afecta de manera significativa el desarrollo de las labores de los Jueces de Paz, pues al no ser reconocidos como funcionarios públicos, éstos tienen que valerse por sus propios medios y recursos para ejecutar sus funciones. Esto quiere decir que ellos mismos tienen que sacar de su bolsillo para sus transportes, fotocopias y demás gastos que les implica adelantar su labor.

Relacionado a lo anterior, Bogotá no cuenta con puntos de atención específicos para los jueces de paz: si bien el Plan Maestro de Equipamientos en Seguridad, Convivencia y Justicia define las reglas de distribución, de ocupación del suelo y de organización de inmuebles y desarrolla los criterios de planeación urbanística, destinación de zonas y lugares para el aprestamiento de los equipamientos para el acceso a la justicia, definiendo, entre otros, qué son los jueces de paz, estos no cuentan con una oficina propia o con un punto de atención al público. Tampoco con herramientas tecnológicas para desarrollar su labor.

Se puede concluir que es necesario fortalecer la figura de los jueces de paz, con el fin de mejorar la gestión de una parte muy importante de los conflictos sociales, y de esta manera, solucionar los conflictos locales de manera más eficiente, tanto para la ciudadanía como para el aparato judicial.

Finalmente, haciendo un análisis riguroso de la reglamentación encontramos que se queda corta y es necesario no solo replantearla sino trasladarle al Congreso de la Republica la necesidad de reformar la misma con el fin de dirigir recursos para su correcto funcionamiento, así como de resaltar y visibilizar la figura e importancia de los Jueces de Paz.

H.C. Armando Gutiérrez

Partido Liberal Colombiano

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Contacto de prensa: Diego Javier Mayorga Patiño, 3168251013

[1] Secretaría de Gobierno. “Más de 130 mil personas han sido atendidas por Jueces de Paz y Reconsideración”. Recuperado de: https://bogota.gov.co/mi-ciudad/seguridad/jueces-de-paz-solucionaron-conflictos-mas-de-130-mil-ciudadanos

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