Las garantías para la implementación del enfoque étnico en Bogotá se vislumbra a través del artículo 54 del Acuerdo de Presupuesto Anual para el 2021 por iniciativa de la concejal Ati Quigua.
Después de haber sido autora del Acuerdo 359 de 2009 que definió los lineamientos de la política pública indígena de Bogotá, adoptada por el Decreto 543 de 2011, la Concejala Ati Quigua logró introducir el enfoque diferencial étnico por medio del artículo 66 del Plan Distrital de Desarrollo 2020-2023, sumando además el artículo 54 del Acuerdo de Presupuesto Anual, que garantiza la materialización de los acuerdos con los pueblos y comunidades étnicamente diferenciadas a partir del año 2021, y el seguimiento de su cumplimiento a través de la herramienta del trazador de Grupos Étnicos.
La construcción del artículo 66 del Plan Distrital de Desarrollo se inspiró en el Capítulo Étnico del Acuerdo Final de Paz, primero en el mundo en incluir un enfoque diferencial étnico en unos acuerdos de paz, y se construyó de la mano con los pueblos y comunidades étnicamente diferenciadas de Bogotá en el contexto de aislamiento por la pandemia que conllevó complejidades de todo orden para el ejercicio de su participación, como las limitaciones políticas, organizativas, metodológicas y de capacidad instalada de la institucionalidad, más cuando para esta población la participación tiene un alcance de mayor importancia por su vínculo inescindible con su pervivencia física y cultural.
Fruto del ejercicio de participación y concertación llevado a cabo durante cuatro (4) meses entre el Gobierno Distrital y la población étnicamente diferenciada de Bogotá, se alcanzaron 783 acuerdos para el desarrollo del enfoque étnico a través de los planes, programas, metas, indicadores y asignaciones presupuestales a nivel Distrital y Local en las veinte (20) localidades de la ciudad. De los 783 acuerdos, 130 corresponden al Pueblo ROM o Gitano, 197 a las Comunidades y Pueblos Indígenas, 117 a la Comunidad Raizal, 224 a las Comunidades Negras y Afrocolombianas y 115 a la Comunidad Palenquera.
A través de este proceso se logró elevar el nivel de interlocución de los pueblos y comunidades étnicamente diferenciados de Bogotá, lo cual consolida una posición que estaba en disputa desde tiempo atrás: la necesidad de consultar o no los planes de desarrollo de las entidades territoriales. Este ejercicio permitió demostrar que, al abrir el espacio para construcción conjunta de las políticas, se enriquece y diversifica el ámbito institucional a partir de los aportes de la población étnicamente diferenciada, además de ser un ejercicio para la efectividad sus derechos fundamentales a la participación y a la consulta y el consentimiento previo e informado. Por las razones expuestas, el artículo 66 del Plan Distrital de Desarrollo se constituye como un ejercicio sin precedentes en el país que sirve de ejemplo para la construcción de los Planes de Desarrollo en la totalidad del territorio nacional y en los ejercicios previos de construcción conjunta en el marco de los Planes Integrales de Acciones Afirmativas.
El artículo 66 se logra gracias los esfuerzos de la población étnicamente diferenciada que habita en Bogotá unidos en una Minga Permanente por Volver al Origen, y nace de la lucha histórica que han dado los pueblos y comunidades étnicas, antes y después de la Constitución Política de Colombia de 1991, en donde se plasmó el sueño de una nación pluriétnica y multicultural. Por lo que el objetivo primordial es avanzar en la garantía y la materialización de los derechos y lo principios que amparan a la población étnicamente diferenciada, consagrados en el ordenamiento jurídico nacional e internacional, donde hoy, gracias al artículo 66 del Plan Distrital de Desarrollo y el artículo 54 del Acuerdo de Presupuesto Anual para el 2021, se tienen herramientas para consolidar el enfoque diferencial étnico a desarrollar en la ciudad y pueda emularse en todas las entidades territoriales.
Esperamos que el Gobierno Distrital cumpla los compromisos adquiridos con los pueblos y comunidades étnicamente diferenciados y que sus acciones contribuyan a superar la marginación social y a la discriminación estructural a la que ha estado sometida históricamente estás poblaciones, y contribuya la posibilidad de realizar sus proyectos de vida de acuerdo a sus propias cosmovisiones.
Página web: https://atiquigua.co/