Asesor del Instituto Distrital de turismo se posesionó con papeles falsos y a pesar de tener una condena a 150 meses de cárcel por hurto calificado y agravado

El funcionario estuvo a cargo del instituto hace menos de un mes por decreto firmado por el Alcalde Gustavo Petro y también acompañó a la directora Tatiana Piñeros a Ecuador a recibir un premio otorgado a Bogotá

Con preocupación tengo que denunciar ante la opinión pública, una gravísima situación que se está presentando actualmente en el Instituto Distrital de turismo. Según una carta firmada por ALBERTO AMAYA PAEZ ANTONIO, funcionario de la Subdirección de Gestión Corporativa del Instituto Distrital de Turismo y dirigida a la directora de la entidad, allí está laborando un funcionario que presuntamente presentó documentación falsa para acceder al cargo.

Según la denuncia JOSE CLEMENTE PEREZ ROJAS identificado con la cedula de ciudadanía 79720208 de Bogotá, quien ocupa cargo de asesor código 105 grado 1 no es abogado titulado de la Universidad Católica de Colombia como lo acreditó para acceder al cargo. Pero hay mas, la misma carta asegura que la especialización que también presentó para tener el grado especial de asesor también es fraudulenta, porque en los registros de la universidad no hay pruebas de que se haya graduado como abogado y menos de que realizó una especialización.

Realizando una consulta al Consejo Superior de la Judicatura a través de su portal

  http://antecedentesdisciplinarios.ramajudicial.gov.co/antecedentes/Default.aspx se encuentra que   La cédula 79720208 no existe en el Registro Nacional de Abogados !!!. Ver certificación anexa     

Pero las irregularidades cometidas por este particular personaje no paran ahí,  también presentó como suya la tarjeta profesional numero 147925 y consultando el mismo portal anterior, allí se certifica que dicha tarjeta profesional pertenece es a LUIS DE CRISTO GONZÁLES DÍAZ con cedula de ciudadanía 15.045.484. Ver certificación anexa

Y como si esto no fuera suficiente el particular funcionario en mención, tiene una condena vigente a 150 meses de prisión proferida por el juez 17 penal municipal de Bogotá por el delito de hurto calificado y agravado, condena que se le profirió el pasado 6 de mayo de 2014. Cuando fue capturado por estos hechos fue enviado a La Picota el 28 de enero de 2009 y salió por vencimiento de términos el 15 de octubre de 2010, no sabemos por qué después de la condena definitiva no está en la cárcel. Ver anexo todas las anotaciones del proceso penal paginas 2 tercer cuadro – pagina 5 tercer cuadro – pagina 6 últimos cuatro cuadros.

Curiosamente tres días después de su posesión y por ausencia de la directora del IDT Tatiana Piñeros, el alcalde Gustavo Petro lo nombró por decreto como director encargado del instituto. Ver anexo decreto

Y más recientemente formó parte de la comitiva que viajó a Ecuador a recibir el premio otorgado a Bogotá como mejor destino para hacer negocios. Ver fotografía anexa.

Revisando en detalle la información que reposa en redes sociales encontramos que el personaje en mención asegura que su relación laboral con el distrito no es nueva a pesar de sus fraudulentos documentos pues antes de llegar al IDT pasó por la Secretaría General, además entre marzo de 2010 y mayo de 2012 laboró en la Secretaría de Integración Social y entre 1997 y 2007 laboró en la Fiscalía General de la Nación.

Como es posible que haya pasado por tres instituciones del distrito y nadie se dio cuenta que sus papeles no eran legales, que no tenía la idoneidad profesional para trabajar con el distrito. Llamo la atención de los organismos de control paa que se abra una investigación por estos graves hechos.  

Es importante anotar que este cuestionado funcionario participo en la discusión de la Sentencia C-593/12 de la  Corte Constitucional donde le solicitó a este organismo declarar exequible la distribución de competencias entre las entidades del estado en materia de televisión tal y como lo terminó dictando la corte. Esto le pidió el señor José Clemente Rojas a la corte según consta en la pagina 25 de la sentencia 593/12:

“2.1. Los ciudadanos Luz Mery Murcia Pérez, Lindsay Camargo Reyes y José Clemente Pérez Rojas intervinieron en este trámite con el fin de solicitar la declaratoria de exequibilidad de la Ley. En su escrito, (i) destacan la importancia de la televisión como servicio público y la necesidad de una ley que regule las competencias en la materia; (ii) incorporan un conjunto de extractos jurisprudenciales destinados a explicar los conceptos de expedición, sanción, publicación y promulgación de la Ley; (iii) en ese contexto, consideran que la demanda se basa en una comprensión errónea de esos conceptos, pues la Ley 1507 de 2012 sí fue expedida dentro del término otorgado por el Constituyente derivado en el artículo transitorio del acto legislativo 02 de 2011”.

Ver sentencia completa en el siguiente link o en documento anexo

http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2012/c-593-12.htm

 

        

 

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PETRO LO ENCARGA DEL IDT
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