Avanza discusión en la Comisión de Gobierno para modificación del Reglamento Interno del Concejo de Bogotá

Boletín No. 047 marzo de 2022


Viernes 4 de marzo de 2022

Este viernes 4 de marzo continuó la discusión de los proyectos de acuerdo acumulados por unidad de materia Nos.  029, 050, 097, 100, 103, 105 de 2022 que buscan modificar el Reglamento Interno del Concejo de  Bogotá.

La jornada inició con la intervención el concejal Julián Espinosa, quien presentó sus argumentos sobre la modificación que se está proponiendo, para el artículo 118 del Proyecto de Acuerdo 741 del 2019, que facultaría a la mesa directiva para  determinar  si las recusaciones son fundamentadas no.

Por su parte el concejal Carlos Carrillo refuta esta propuesta y asegura  “el que  decide si es válida o no, es el superior jerárquico del funcionario recusado, en este caso la Plenaria.  Aclaro, el CPACA es mí superior jerárquico y no el presidente, quien se debe encargar de hacer cumplir el reglamento, solo en mayor instancia es la que puede definir un impedimento”.

Posteriormente, el cabildante Diego Laserna afirmó “que acá se está discutiendo el futuro del Concejo de Bogotá durante muchos años, lo que está en discusión en este artículo, es si cualquiera por las razones que sea, que esté o no en Colombia, puede interrumpir el funcionamiento del Concejo de  Bogotá”.

Seguidamente Marisol Gómez apoyó esta proposición modificatoria, a pesar de que no es de la Comisión de Gobierno; “ya que recoge la idea de las proposiciones que previamente había presentado, por lo tanto asegura que la suscribe. Una recusación seria debe cumplir unos mínimos requisitos de integridad del recusante”.

El cabildante Samuel Arrieta propuso que la mesa directiva del Concejo reúna todos esos escritos anónimos que se presentan y haga una valoración  de los mismos que cumplan esas mínimas formalidades y le traiga a la plenaria  la recomendación detallada, de que se le de trámite o se archive el escrito referido, en razón de que no tiene los requisitos mínimos.

El concejal Álvaro Acevedo  argumenta que “el Concejo debe respetar a los ciudadanos que mandan esos escritos sean verdaderos o falsos,  debe dársele tránsito por parte de la plenaria. La administración está en la obligación de responder esas acusaciones y lo ideal sería que en el mismo reglamento se estipule, convocándose el mismo día a la Plenaria, tomando decisiones y nos esperar a los días siguientes evitando complicaciones”.

En la continuación del debate el concejal Martín Rivera,  siente que a pesar del buen principio de la eficiencia, puede terminar siendo contraproducente esta proposición.

El concejal Juan Baena apoya la proposición que se está discutiendo, afirmando que “el espíritu de esto es resolver de fondo impedimentos, conflictos de interés o recusaciones. No institucionalizar el derecho al saboteo”.

La concejala Susana Muhamad manifiestó que no está de acuerdo con la proposición. Máximo se podrían dejar los requisitos para que la plenaria los evalúe y defina. 

Continuando con el debate, el concejal Luis Carlos Leal manifiesta que “el reglamento  no se trata solo de agilizar las cosas se trata también de tener responsabilidad y colegaje. Es importante trabajar en equipo y no llegar con una mala decisión afectar al presidente o al futuro presidente”.

Seguidamente el concejal Nelson Cubides, propone que no sea la mesa directiva  quien evalué los requisitos,  sino la  Secretaría General  quien establezca  que se cumplan esos requisitos mínimos y rinda un informe a la Plenaria si cumple o no cumple.

A su vez el cabildante Celio Nieves manifiesta “que no hay  competencia para establecer que en la  mesa directiva o el presidente pueda escoger cuales recusaciones son válidas y cuáles no. Es sencillamente ilegal”.

En su intervención la concejala María Fernanda Rojas “recuerda que en algún concepto de la Procuraduría había un pronunciamiento claro de que el superior jerárquico de un concejal era la plenaria”.

Por solicitud de los concejales, fue llamado el director jurídico del Concejo de Bogotá, el Dr. Roberto Fuentes, quien aclaró que “el CPACA  establece como se deben interpretar los artículos durante las normas y para este caso específico existe una sentencia sobre cuales son los requisitos mínimos que se deberán tener en cuenta para tramitar los impedimentos”.

Al final del debate se aprobó la proposición sustitutiva art.32 presentada por los concejales: Samir Abisambra, Samuel Arrieta, Nelson Cubides, María Clara Name, Jorge Luis Colmenares.

No se aprobó la proposición aditiva del concejal Julián Espinosa y del concejal Diego Laserna.

Finalmente se suspendió el debate que continuará el próximo lunes 07 de marzo a las 9:00a.m. de 2022, en el recinto Lara Bonilla, a la espera de poder avanzar y lograr la adecuada modificación de Reglamento Interno del Concejo de Bogotá.

 

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