Una de las plataformas que presta este tipo de servicios es Air bed and breakfast (AIRBNB, por sus siglas en inglés) la cual llegó a nuestro país en el año 2013. Red social que permite que cualquier ciudadano que tenga un inmueble pueda publicarlo para poder hospedar tanto a viajeros de cualquier parte del mundo como de cualquier rincón del país; en su casa, apartamento o finca, por unos pocos días.
Realidad que no se debe desatender, teniendo en cuenta que el sector Turismo continúa creciendo, tal como lo afirma el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo: “en el 2015, cerca de 4,4 millones de turistas extranjeros visitaron el país, un incremento del 6 por ciento respecto al 2014”.
Según cifras de Jordi Torres responsable de AIRBNB para Latinoamérica, en Colombia hay más de 50.000 usuarios registrados y más de 3.000 propiedades, principalmente en Bogotá y Cartagena aprovechando la demanda que tienen estas ciudades.
Colombia recibe cerca de 8.000 turistas por noche mediante esta plataforma, en su mayoría provenientes de Estados Unidos, Canadá, Reino Unido, Australia y Brasil. (Fuente: Kay Kulne, vocero de AIRBNB Colombia).
Aunque la Constitución Política de Colombia, en su artículo 25 reza: “El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.” La Concejal Gloria Díaz Martínez del Partido Conservador comenta que: “No se puede desconocer la importancia de que estos grupos que ofrecen el servicio de alojamiento se acojan a las leyes Nacionales. En cuanto al estado, además de regular estas normas debe exigir su cumplimiento y así garantizarles a todos los miembros del sector turístico, que todos estén en igualdad de condiciones. Que haya lugar a una competencia donde ganen todos los participantes. Este sector es un gran generador de inversión extranjera y de empleo, además aporta un buen porcentaje de divisas al país”.
Frente al auge de esta red surgen las siguientes preguntas: ¿Qué sucede con las expectativas de los clientes si no son satisfechas?, ¿Quién responde?, ¿Ante quién se queja?, ¿En caso de alguna eventualidad habrá algún tipo de seguro que lo ampare? ¿Se puede hacer uso de publicidad engañosa?, ¿Qué norma existe en el país que regule este tipo de turismo?, ¿y si existe, por qué no se cumple?
“También es deber del Estado defender al consumidor” afirma la Concejal.
¿Qué puede pasar tanto con las personas que alquilan sus inmuebles como aquellos turistas que se hospedan en un lugar que no se ajusta a la actual normatividad turística? No puede haber un control en el cumplimiento y calidad de prestación del servicio. De acuerdo con la Ley 300 de 1996, Ley General de Turismo: “con miras al cabal desarrollo del turismo, el consumidor o usuario de los servicios turísticos será objeto de protección específica por parte de la entidades públicas y privadas”. Esta circunstancia de ilegalidad puede generar condiciones para el ejercicio del oficio de la prostitución e incluso exposición al abuso sexual.
En algunos países se conocen quejas sobre este tipo de abuso, incluso se afirma que en ciertos apartamentos se ejerce el oficio de la prostitución, tal como lo señala Vice News, en un artículo publicado en febrero del presente año: “La policía de Estocolmo informó hace unos días al periódico sueco Daegens Nyheter que los trabajadores sexuales del país estarían usando, al menos, 200 apartamentos de Airbnb y otros servicios de subarrendamiento, para prestar sus servicios”.
Según Tatiana Piñeros, exdirectora del IDT, “la prostitución infantil en Bogotá es un atractivo para algunos extranjeros que visitan la capital del país”.
La Concejal Gloria Díaz comenta que “El turismo indudablemente es una herramienta de desarrollo económico y social, pero así mismo debe ser un sector que brinde seguridad tanto a los visitantes como habitantes de la ciudad, más si se trata de nuestros menores de edad; otra razón más, para legalizar esta plataforma”.
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María Carolina Plata Muñoz
Jefe de Prensa
HC Gloria Díaz Martínez
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