Este tiene como función asesorar al gobierno Distrital del cual hace parte la sociedad civil. Por consiguiente, es espacio de encuentro y participación de la ciudadanía en procesos de construcción de paz, de reconciliación, de defensa de los derechos humanos, de implementación y construcción de la política de paz, entre otros.
Por el ámbito de su conformación, el Consejo Distrital de Paz incide en la construcción y formulación de políticas, proyectos y programas concernientes a mantener y buscar la paz.
De acuerdo con el Concejal Nieves Herrera, la Administración Distrital no está cumpliendo con las obligaciones que por normatividad vigente le corresponde con respecto a dicho órgano, como: realizar la respectiva convocatoria, disponer de una sede para las sesiones del mismo, coordinar el Comité de Impulso y apropiar el presupuesto para su funcionamiento, todo lo anterior en cabeza de la Secretaría Distrital de Gobierno.
A esto se suma que el Acuerdo 17 de 1999, está descontextualizado con respecto a la realidad política y social del país, teniendo en cuenta que con la expedición del Decreto 885 de 2017, se modifican los principios y denominación del Consejo Distrital de Paz, así como pone en consideración algunas de las funciones del mismo.
Colombia a través de su historia, por lo menos desde finales del siglo XIX y todo el siglo XX, ha padecido diferentes formas de violencia, desde una guerra civil hasta un conflicto armado interno. Bogotá ha recibido el impacto y consecuencias de estas manifestaciones de violencia, razón por la cual organismos como el Consejo Distrital de Paz y respectivos Consejos Locales deben ser convocados además, estar en pleno funcionamiento para brindar garantías a los ciudadanos que desean trabajar en la consolidación la paz en la capital.
+57 311 5427929