Esa sería la pregunta que responderían los bogotanos el próximo 25 de octubre en las urnas, en caso de que el Concejo de Bogotá apruebe el concepto de conveniencia para la Consulta Popular, propuesta por la Administración Distrital.
El concejal de la Alianza Verde, Yezid García, junto con las concejalas Clara Sandoval, del Partido de la U; y Olga Victoria Rubio, del Partido Mira, radicaron el concepto de conveniencia a favor de que sean los bogotanos quienes decidan sobre la continuación de esta práctica taurina en Bogotá.
Ellos tres hacen parte de la comisión que se designó en el Concejo para discutir la viabilidad jurídica de dicha consulta, y cuyo coordinador es el concejal Yezid García. Los otros dos integrantes son los concejales Darío Fernando Cepeda, de Cambio Radical; y Jorge Durán Silva, del Partido Liberal.
En el concepto favorable que radicaron los concejales Yezid García, Clara Sandoval y Olga Victoria Rubio se argumenta que hoy por hoy, los espectáculos taurinos son generadores de conflictos sociales entre los aficionados taurinos y los sectores animalistas. Las pugnas entre estos grupos se han librado en varios escenarios: sociales, académicos, políticos, económicos, culturales y judiciales. Con el ánimo de dirimir dichos conflictos, la Corte Constitucional ha buscado la armonización entre las manifestaciones culturales y el deber de protección animal, como en su momento lo concluyó a través de la sentencia C-666 de 2010, en donde se establece:
“No podría entenderse que las actividades exceptuadas puedan realizarse en cualquier parte del territorio nacional, sino sólo en aquellas en las que implique una manifestación ininterrumpida de tradición de dicha población. Contrario sensu, no podría tratarse de una actividad carente de algún tipo de arraigo cultural con la población mayoritaria del municipio en que se desarrolla la que sirva para excepcionar el deber de protección animal.”
Por eso la Consulta Popular es el mecanismo más apropiado para determinar si se cumple con el requisito del arraigo mayoritario contemplado por la Corte Constitucional para la continuidad de lascorridas y novilladas en Bogotá. Así se da cabal cumplimiento a la sentencia C-666 de 2010, concluyeron los concejales.






