Este jueves, la plenaria del Concejo de Bogotá votará el Proyecto de Acuerdo 663 de 2017 mediante el cual la Administración Distrital solicitó la aprobación de un cupo de endeudamiento hasta de 10,85 billones de pesos para la construcción de la Primera Línea del Metro-PLM. La concejala Xinia Navarro le solicitó a los organismos de control investigar los cuestionamientos planteados en su ponencia negativa e hizo un llamado a detener el debate hasta tanto se resuelvan dichos interrogantes.
El argumento central de la ponente se fundamenta en que el cupo de endeudamiento es un acto administrativo complejo porque depende de un anterior acto administrativo, en este caso de las vigencias futuras aprobadas a finales del año pasado, toda vez que con dichas vigencias futuras se pagaría el cupo de endeudamiento. Por tanto, si las vigencias futuras fueron aprobadas con una posible ilegalidad, el cupo de endeudamiento también estaría viciado por las mismas razones.
“Ello obedece a la regla general del derecho ‘lo accesorio sigue la suerte de lo principal’, lo que o significa que antes de presentar el proyecto de acuerdo para el cupo de endeudamiento se debieron haber subsanado las falencias expuestas en mi ponencia al proyecto de acuerdo de vigencias futuras para el metro”, precisó la concejala Xinia Navarro.
En primer lugar no se podía cambiar el trazado de la PLM consignado en el artículo 176 del Decreto 690 de 2000, artículo que sigue vigente dentro del POT de Bogotá. Para cambiar el trazado del metro la Administración Distrital debía primero modificar el POT a partir de un proceso de participación y concertación y luego debatirlo en el Concejo.
En segundo lugar, para la declaración de importancia estratégica de la obra Metro no se aplicó el Decreto 1068, decreto que recoge las normas aplicables para las vigencias futuras y que exige la ingeniería de detalle. El Consejo de Gobierno se tuvo en cuenta un concepto dado por la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda; sin embargo, existe pronunciamiento de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado que dice que la Dirección de Apoyo Fiscal no puede interpretar normas de carácter fiscal. Por otra parte, indicó que la falta de estudios de ingeniería de detalle y de valor aumenta el riesgo de mayores sobrecostos que terminarán siendo asumidos por la ciudadanía.
Por último, de los 23 entregables que hacen parte de la fase de factibilidad, solo cuatro productos están aprobados, por tanto la interventoría aún no ha entregado el informe final. Es decir, de octubre a enero ha habido un avance notorio en ellos más no suficiente para certificar que se culminó la etapa de factibilidad.
Estos tres hechos, desconocimiento del POT, indebida declaratoria de importancia estratégica, y entregables sin producto final para determinar el nivel de factibilidad, constituyeron posibles irregularidades sustanciales en las vigencias futuras, que consecuentemente vician el cupo de endeudamiento.
Para la cabildante, estas inconsistencias representan un riesgo que trasciende lo legal “Si se caen las obras que tuvieron estudios, ¿qué podemos esperar de obras sin estudios?” cuestionó Xinia Navarro.
En este link puede ver la presentación de la ponencia de la concejal Xinia Navarro







