El Concejo de Bogotá, D.C en cumplimento de lo o ordenado en el artículo cuarto del Auto Admisorio de la Demanda, proferido por el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Bogotá, dentro de la acción de nulidad 2021 -00353 impetrada por el señor CARLOS MARIO ISAZA SERRANO, contra Bogotá y el Concejo de Bogotá, D.C., procede a publicar dicha providencia con el ánimo de dar a conocer la existencia del proceso de la referencia en los términos del numeral 5 del artículo 171 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.