En mano de quiénes estamos: agentes investigados y una secretaría de movilidad inoperante

Creado: Martes 21 de octubre de 2025

Cuando un ciudadano se encuentra o es detenido por un agente de tránsito, lo que este espera es percibir un servidor público que actúe con cordialidad, respeto, transparencia y en especial, con apego a la ley, cumpliendo su función preventiva y pedagógica por encima de la represiva y sancionatoria.

Esto en razón a que un servidor público, como su nombre lo indica, está en representación del Estado al servicio de los colombianos, sin embargo, pareciera que muchos funcionarios, a pesar que juran “Cumplir la Constitución y la ley”, una vez posesionados, se les olvida dicha imposición legal y Constitucional, tal como lo dispone el artículo 122 de nuestra Carta Magna al consagrar que Ningún servidor público entrará a ejercer su cargo sin prestar juramento de cumplir y defender la Constitución y desempeñar los deberes que le incumben”.

Es lo mínimo que la ciudadanía le exige a cualquier servidor público, el cumplimiento de sus deberes, los cuales se originan, no solo Constitucional y legalmente, sino también, reglamentariamente, como lo es la obligación de “Identificarse plenamente ante el actor del tránsito y brindar un trato amable, cortés y respetuoso, así éste haya cometido una infracción”, establecida en el capítulo 4 del Título II del Manual de Infracciones de tránsito, adoptado por el Ministerio de Transporte mediante Resolución 003027 de 2010.

Pareciera que las diferentes disposiciones normativas son un saludo a la bandera y encontramos algunos agentes que adoptan una actitud agresiva, déspota, desafiante e imponente con el conductor, a lo que, si se le suma el estrés que genera la congestión de la ciudad, se propiciarán constantes conflictos con los servidores públicos, pues nadie tiene por qué aguantarse un agente de tránsito intransigente e irrespetuoso que, de manera arbitraria y abusiva quiera imponer un procedimiento alejado de los protocolos y normas que debe aplicar.” Manifestó el Concejal Julián Forero, tras múltiples denuncias de ciudadanos acerca del comportamiento del cuerpo de agentes de tránsito.

Incoherencia evidente y las autoridades se hacen de la vista gorda…

Prueba fidedigna de lo narrado, teniendo en cuenta la respuesta de la Secretaría Distrital de Movilidad Bogotá, a través del Radicado SGM 202530010462221, al Concejal “Fuchi”, relacionada con las investigaciones disciplinarias, se tiene que: a la fecha, de los cuatrocientos cincuenta (450) agentes de tránsito que tiene el distrito, actualmente hay ciento setenta y seis (176) investigados por diferentes conductas, dentro de las cuales se resaltan las siguientes:

imagen de una tabla donde se aprecia el tipo de conducta y la cantidad de agentes investigados

Afirma el Concejal Julián Forero que, “El anterior panorama es muy preocupante, porque se evidencia que más del 39 % de los agentes de tránsito de Bogotá, están siendo investigados por diferentes causas, siendo la más transgredida el incumplimiento de funciones y procedimientos”.

Ahora, si analizamos la información aportada por la Oficina de Control Disciplinario Interno de la Secretaría Distrital de Movilidad, podemos indicar que en los últimos 5 años se han proferido 1.106 Autos Inhibitorios, es decir, ante una queja ciudadana, la secretaría ni siquiera inició una investigación y se inhibió de adelantar alguna actuación, mientras que, sí dio apertura a 482 investigaciones de las cuales solo tres (3) han terminado en fallos sancionatorios, lo que podría ser un indicativo de la inoperancia de la misma Secretaría a la hora de tomar decisiones de fondo en contra de sus agentes, tal como se podrá evidenciar en la siguiente tabla:

 Imagen de tabla que muestra la cantidad de actuaciones en procesos disciplinarios

Tabla anexa en la Respuesta Rad. OCDI 202516010205191 del 27/08/2025

Finalizó el cabildante indicando que, “También es muy preocupante el hecho que, a pesar de dichos incumplimientos las funciones y procedimientos, en la Secretaría de Movilidad, de los más de 300.000 mil comparendos impuestos este año hasta agosto de 2025, no han exonerado ni uno solo a favor del presunto infractor, entonces pareciera que, así el agente se equivoque en el procedimiento o no siga los protocolos legales, la Secretaría sigue sancionando al conductor, porque su interés es generar recaudo”.

JULIÁN FORERO CASTEBLANCO

Concejal de Bogotá

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