En el mismo sentido, el cabildante recuerda al Señor Alcalde de la ciudad y al Gobierno Nacional que en Bogotá ya existe el “Fondo Distrital para la Financiación de la Educación Superior de los Mejores Bachilleres de estratos 1 y 2” y el Acuerdo 273 de 2007- Artículo 3° donde se amplia ese Fondo a 10 mil smmlv, con destino a las oportunidades de educación superior de las y los jóvenes de Bogotá de los estratos 1, 2, y 3, egresados del sistema educativo oficial que obtengan los mejores resultados en las pruebas de Estado - ICFES para ingresar a las instituciones de educación superior, en las modalidades técnica, tecnológica y universitaria.
En consecuencia, el Concejal advirtió que espera que durante la discusión del Presupuesto 2015 el Gobierno Distrital sea consecuente y le meta recursos significativos a este Fondo para poder ampliar las oportunidades de educación superior de 35 mil jóvenes estudiantes que salen todos los años de los colegios distritales.
ACUERDO 37 DE 1999
"Por el cual se crea el Fondo Distrital para la Financiación de la Educación Superior de los Mejores Bachilleres de los Estratos 1 y 2 y se dictan otras disposiciones"
ARTÍCULO 1º.- Créase dependiendo de la Secretaría de Educación Distrital, el Fondo Cuenta denominado "Fondo Distrital para la Financiación de la Educación Superior de los Mejores Bachilleres de los Estratos 1 y 2 de Santa Fe de Bogotá, D.C.".
ACUERDO 273 DE 2007
"por medio del cual se establecen estímulos para promover la calidad de la educación en los colegios oficiales del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones"
ARTICULO 3°: Incentivos para el acceso a la Educación Superior. El monto de los recursos del Fondo Cuenta para la Financiación de la Educación Superior, fijado en el Acuerdo Distrital No 37 de 1999, se incrementará en 3.000 smmlv con el fin de ampliar el número de beneficiarios y beneficiarias de éste y orientar estos recursos a cubrir los costos educativos de los y las bachilleres de los estratos 1, 2, y 3 egresados del sistema educativo oficial de Bogotá que obtengan los mejores resultados en las pruebas de Estado - ICFES y que ingresen a las instituciones de educación superior, en las modalidades técnica, tecnológica y universitaria. El número de estudiantes favorecidos será el que se pueda cubrir hasta agotar el presupuesto de dicho fondo en cada año.
Parágrafo 1°. La Secretaría de Educación establecerá los topes máximos para la financiación de la matrícula por semestre para los y las estudiantes que cumplan con los requisitos para este beneficio, atendiendo la correspondiente prioridad por estratos de menor a mayor.
Parágrafo 2°. La totalidad de los recursos del Fondo Cuenta creado mediante Acuerdo 37 de 1999, se podrán destinar a financiar los costos educativos para las modalidades de técnica, tecnológica y universitaria. La Secretaría de Educación establecerá los porcentajes para cada una de estas modalidades.
Más información: 2088252,3017415680,3106255558