Reducir el consumo de Sal y Azúcar de los bogotanos es por la Vida

Después de 10 años en que insistiéramos en esta importante iniciativa fue aprobada en la plenaria del Concejo de Bogotá.

Los Estados Miembros de la OMS han acordado reducir en un 30% el consumo de sal de la población mundial de aquí a 2025 . Razón para emprender acciones que impliquen que este tipo de acciones que favorezcan la salud pública en la Ciudad, no solo apuntan al bienestar de los ciudadanos sino que la reducción generará un año más de vida sana a un costo inferior al ingreso anual medio o al producto interno bruto por persona.

También son relevantes los datos del MINSALUD, frente al consumo de sal y sus consecuencias:

-Las enfermedades crónicas no transmisibles ocasionan 2 de cada 3 muertes de la población general de América Latina y casi la mitad de todas las defunciones en personas menores de 70 años de edad.

-Existe una relación directa entre el consumo de sal y la presión arterial; hay evidencia de que la sal agregada a los alimentos es responsable del 30% de los casos de hipertensión arterial.

-La presión arterial elevada es el factor de riesgo más importante de muerte e incapacidad en el mundo, y se le considera responsable del 50% de las muertes por enfermedad coronaria y de más del 60% de las muertes por accidentes cerebrovasculares.

En este contexto el Ministerio de Salud y Protección Social resalta la importancia de un consumo moderado de azúcar porque su exceso conlleva a la generación de enfermedades relacionadas con la obesidad, la diabetes y patologías coronarias.

Los azucares son esenciales para el funcionamiento del cuerpo humano, estos hacen parte de los carbohidratos (harinas y azucares) y generan la energía necesaria para su funcionamiento, pero los azúcares refinados no deben exceder el 10%. Hay que tener en cuenta que los alimentos pueden contener distintos tipos de azúcares: de origen natural como el que ese encuentra en la miel y frutas frescas, y el azúcar refinada que se adiciona como ingrediente a las bebidas gaseosas, jugos, helados, vinos, productos de repostería y panadería, postres, mermeladas, salsa de tomate, entre muchos otros. El organismo los asimila y, con la participación de la insulina (una hormona que fabrica el páncreas), ayuda a que las células utilicen la glucosa (el azúcar que corre por la sangre) para dar esa energía (MINISTERIO DE SALUD DE COLOMBIA, 2014).

Enhorabuena hoy 10 de febrero en la plenaria fue aprobado el proyecto de acuerdo de mi autoría “Por el cual se promueven estrategias integrales de alimentación saludable para desincentivar el consumo de sal y azúcar, con énfasis en bebidas azucaradas, para contribuir a mejorar la calidad de vida y la salud de la población del Distrito Capital”.

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

En uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las contenidas en los numerales 1 y 25 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993;

A C U E R D A:

ARTÍCULO PRIMERO. La Administración Distrital, en cabeza de la Comisión Intersectorial Para La Seguridad Alimentaria y Nutricional del Distrito Capital            -CISAN-, y con el liderazgo de la Secretaría Distrital de Salud y la Secretaría de Educación del Distrito, promoverán el desarrollo de una estrategia de comunicación, información y educación integral para fomentar la alimentación saludable y desincentivar el consumo de sal y azúcar, en especial de las bebidas azucaradas, con el propósito de disminuir la incidencia y prevalencia de enfermedades crónicas no transmisibles y la tasa de sobrepeso y obesidad de la población de la ciudad de Bogotá. Dicha estrategia estará dirigida a la población en general en todos los entornos donde trascurre la vida cotidiana, con énfasis en la comunidad educativa.

ARTÍCULO SEGUNDO. La Administración Distrital, en cabeza de la Comisión Intersectorial Para La Seguridad Alimentaria y Nutricional del Distrito Capital         -CISAN-, con el liderazgo de la Secretaría Distrital de Salud y la Secretaría de Educación del Distrito y en coordinación con las Alcaldías Locales, implementarán lineamientos técnicos de forma articulada que fortalezcan la promoción de la alimentación saludable y el incentivo al consumo de agua potable en los programas dirigidos a la población en general en Bogotá.

Los lineamientos a los que se refiere este artículo se llevarán a cabo por medio de acciones pedagógicas y comunicativas que resalten la importancia de la reducción del consumo de sal y azúcar, en especial de las bebidas azucaradas. Las piezas comunicativas que estimulen la reducción del consumo de estos aditivos serán expuestas en lugares visibles de los establecimientos institucionales, educativos y comerciales de la ciudad de Bogotá, y contendrán el siguiente mensaje: “el exceso del consumo de sal y azúcar es perjudicial para la salud”, y se mencionará el presente Acuerdo.

PARÁGRAFO 1: Se propenderá para que en los empaques de los productos alimenticios procesados aparezca el mensaje mencionado en el presente artículo.

PARÁGRAFO 2: Se entenderá como “Alimentación Saludable” la definida en 2016 según la clasificación de alimentos de la Organización Panamericana de la Salud que corresponde a los grupos 1, 2 y 3 del modelo de perfil de nutrientes y la Organización Mundial de la Salud, excluyendo los Productos Comestibles Ultra procesados.

ARTÍCULO TERCERO. La Administración Distrital, en cabeza de la Comisión Intersectorial Para La Seguridad Alimentaria y Nutricional del Distrito Capital           -CISAN-, y con el liderazgo de la Secretaría Distrital de Salud, la Secretaría de Educación del Distrito y el Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD-, en el marco de sus competencias, implementarán medidas para que las tiendas escolares de alimentos de los planteles educativos de Bogotá, públicos y privados, y los parques públicos oferten y distribuyan alimentos saludables y a

su vez, desarrollen campañas que desincentiven y reduzcan el consumo en exceso de sal y azúcar, en especial de las bebidas azucaradas.

PARÁGRAFO: La Secretaría de Educación del Distrito tendrá en cuenta los lineamientos de Alimentación Saludable para ser incorporados en los productos del Programa de Alimentación Escolar.

ARTÍCULO CUARTO. La Administración Distrital en cabeza de la Comisión Intersectorial Para La Seguridad Alimentaria y Nutricional del Distrito Capital            -CISAN-, implementará medidas encaminadas a desincentivar la publicidad de productos cuyo consumo habitual no constituye una alimentación saludable en los colegios públicos y privados de Bogotá, D.C..

ARTÍCULO QUINTO: Las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo se implementarán por la Administración Distrital, dentro del marco presupuestal disponible, de manera progresiva en todos los sectores sociales y actividades socioeconómicas que se desarrollen en la ciudad de Bogotá, con el propósito de contribuir a la promoción de la alimentación saludable y al desestimulo del consumo de alimentos con altos contenidos de sal y azúcar, nocivos para la salud, en especial de las bebidas azucaradas.

ARTÍCULO SEXTO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

ÁLVARO ARGOTE MUÑOZ
CONCEJAL DE BOGOTÁ

 

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