PARA INTERPRETAR UNA NORMA POR LO MENOS HAY QUE LEERLA

Hábilmente el señor Jorge Pulecio ha pretendido desinformar a la ciudadanía, asegurando por algunos medios de comunicación que el Estatuto de Inhabilidades e Incompatibilidades se aplica solo a Empresas Industriales y Comerciales del Estado, afirmación por la cual le invitamos a leer el artículo primero del Decreto 128 de 1976 (Estatuto de Inhabilidades), donde de manera clara y concreta indica: “Las normas del presente Decreto son aplicables a los miembros de las juntas o consejos directivos de los Establecimientos Públicos, de las Empresas Industriales o Comerciales del Estado (…)”.

Hecha esta precisión, el Presidente del Concejo de Bogotá, Darío Fernando Cepeda, espera que el señor Director del IPES, no siga desinformando a la ciudadanía y asuma la realidad de las cosas. Este no es el primer paso en falso que la Administración Distrital viene dando en este tema y deben asumir su responsabilidad, con el fin de terminar de la mejor manera un desafortunado episodio más, en la cadena de nombramientos irregulares que realiza el Alcalde Mayor.

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