PARA INTERPRETAR UNA NORMA POR LO MENOS HAY QUE LEERLA

Hábilmente el señor Jorge Pulecio ha pretendido desinformar a la ciudadanía, asegurando por algunos medios de comunicación que el Estatuto de Inhabilidades e Incompatibilidades se aplica solo a Empresas Industriales y Comerciales del Estado, afirmación por la cual le invitamos a leer el artículo primero del Decreto 128 de 1976 (Estatuto de Inhabilidades), donde de manera clara y concreta indica: “Las normas del presente Decreto son aplicables a los miembros de las juntas o consejos directivos de los Establecimientos Públicos, de las Empresas Industriales o Comerciales del Estado (…)”.

Hecha esta precisión, el Presidente del Concejo de Bogotá, Darío Fernando Cepeda, espera que el señor Director del IPES, no siga desinformando a la ciudadanía y asuma la realidad de las cosas. Este no es el primer paso en falso que la Administración Distrital viene dando en este tema y deben asumir su responsabilidad, con el fin de terminar de la mejor manera un desafortunado episodio más, en la cadena de nombramientos irregulares que realiza el Alcalde Mayor.

Logo de El Concejo de Bogotá en TV
El Concejo de Bogotá en TV

Logo de Sesiones del Concejo de Bogotá
Sesiones del Concejo de Bogotá

Logo de Transparencia
Transparencia

Logo de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas
Audiencia Pública de Rendición de Cuentas

Logo de LSC
LSC

Logo de Ordenes al Mérito y Convocatorias
Ordenes al Mérito y Convocatorias

Logo de Bancadas Informales
Bancadas Informales

Logo de Sindicatos
Sindicatos

Logo de Directorio Telefónico
Directorio Telefónico

Logo de Intranet
Intranet

Logo de Gestion Pública Transparente
Gestion Pública Transparente

Logo de Qué pasó en el Concejo
Qué pasó en el Concejo