A partir del Acto Legislativo 002 de 2020, que modificó el artículo 325 de la Constitución Política de Colombia, se creó la Región Metropolitana Bogotá –Cundinamarca como entidad administrativa de asociatividad regional de régimen especial, con el objeto de garantizar la ejecución de planes y programas de desarrollo sostenible y la prestación oportuna y eficiente de los servicios a su cargo, a la cual podrán asociarse el Distrito Capital, la Gobernación de Cundinamarca y sus municipios, cuando compartan dinámicas territoriales, ambientales, sociales o económicas.
Para que la región Metropolitana entre en funcionamiento la Alcaldía Mayor de Bogotá y la Gobernación de Cundinamarca deben someter su ingreso a votación en el Concejo Distrital y la Asamblea Departamental, respectivamente. A su vez, el Congreso de la República deberá expedir una Ley Orgánica en donde se defina el funcionamiento de la Región Metropolitana, de conformidad con las materias que son objeto de regulación de dicha clase de leyes según lo dispuesto en el artículo 151 de la Constitución Política.
Ahora bien, aun cuando es fundamental que el Congreso de la República expida dicha Ley Orgánica, es importante saber que su ausencia no es un obstáculo legal para que el Concejo de Bogotá y la Asamblea Departamental de Cundinamarca voten el ingreso de los respectivos entes territoriales a la Región Metropolitana, pues la Constitución es clara en establecer que una vez promulgado el Acto Legislativo, la Alcaldía Mayor de Bogotá y la Gobernación de Cundinamarca someterán a votación del Concejo Distrital y la Asamblea Departamental su ingreso a la región Metropolitana Bogotá.
No obstante, la existencia de la Ley Orgánica tiene una importancia cardinal pues en ella se deberán definir aspectos como: El grado de autonomía de la Región; parámetros mediante los cuales se van a especificar los hechos metropolitanos (temas a trabajar de orden territorial, ambiental, social o económico); Sistemas de votación interna del Consejo Directivo que promueva el consenso; mecanismos de financiación y fuentes de recursos para constituirse; estructura administrativa del Consejo Regional, procedimientos de las funciones que va a tener la Región; mecanismos de participación que se utilizarán para consultar a las comunidades de los municipios sobre la conveniencia de integrar la Región Metropolitana y la participación de la Nación a través de transferencias. Por estas razones, se considera adecuado que antes de generar la votación sobre el ingreso de los entes territoriales a la Región Metropolitana, el Concejo Distrital y la Asamblea Departamental conozcan la Ley Orgánica para poder generar el debate respectivo a partir de ella, detallando las características de funcionamiento de la misma y el impacto que éstas generarán en su respectivo ámbito territorial.
De acuerdo con lo establecido en el Acto Legislativo enunciado, el Congreso de la República debe promover la participación ciudadana y de los entes interesados para lo cual se han establecido 35 audiencias públicas con el fin incluir los aportes en la construcción del documento que constituirá el Proyecto de Ley Orgánica que se tiene previsto sea presentado en el mes de marzo de 2021 al Congreso para su respectiva discusión y aprobación.
Colombia cuenta con la experiencia de tener 6 Áreas Metropolitanas que agrupan 33 municipios en los cuales habitan 9 millones de personas. En primer lugar, el Área Metropolitana Valle de Aburrá, constituida en 1980, integrada por 10 municipios y 4 millones de habitantes, la ciudad núcleo es Medellín alrededor de la cual se encuentran conurbados los municipios de Barbosa, Girardota, Copacabana, Bello, Itagüí, Sabaneta, Envigado, La Estrella y Caldas. Esta Área Metropolitana, actúa como autoridad de Transporte Público Metropolitano y autoridad ambiental urbana.
En segundo lugar, se encuentra el Área Metropolitana de Valledupar constituida en 2002, integrada por 5 municipios y 600 mil habitantes, teniendo a Valledupar como ciudad núcleo, La Paz, Manaure Balcón del Cesar, Agustín Codazzi y San Diego, actualmente se encuentra en proceso de consulta para hacer parte del Área Metropolitana el municipio de Pueblo Bello. Actúa como autoridad de Transporte y autoridad catastral.
En tercer lugar, el Área Metropolitana Centro Occidente creada en 1981, integrada por tres municipios Pereira, Dos quebradas y La Virginia con 712 mil habitantes, teniendo como ciudad núcleo a Pereira. En 2019, la Comisión de Ordenamiento Territorial del congreso de la república dio el aval para que se integrara el municipio de Chinchiná del departamento Caldas lo que la convertiría en la primera Área Metropolitana interdepartamental del país. Actúa como autoridad de transporte y como gestor catastral.
En cuarto lugar, Área Metropolitana Cúcuta, integrada por 6 municipios con 950 mil habitantes, lo que representa el 80% del total de población del departamento, constituida en 1991, conformada por Cúcuta como núcleo, Villa del Rosario, Los Patios, El Zulia, San Cayetano y Puerto Santander. Actúa como autoridad de transporte y se encuentra ad portas de convertirse en autoridad ambiental.
En quinto lugar, Área Metropolitana Bucaramanga, creada en 1981 e integrada por los municipios de Bucaramanga como ciudad núcleo, Floridablanca, Girón y Piedecuesta con un millón 200 mil habitantes.
Por último, Área Metropolitana Barranquilla, creada en 1981constituida por 5 municipios, Barranquilla como ciudad núcleo, Soledad, Malambo, Puerto Colombia y Galapa. Integrada por 2 millones de habitantes que representan el 85% del total de la población del departamento del atlántico. Actúa como autoridad ambiental y autoridad de transporte público en el Área Regional.
De acuerdo con las experiencias de estas 6 Áreas Metropolitanas se ha hecho visible una descentralización administrativa a través de la transferencia de funciones de los entes nacionales al Área Metropolitana, de igual modo una mayor posibilidad de relacionamiento con el centro y con los ciudadanos. Sin embargo, unirse alrededor de un municipio, genera inequidad al considerar que dicho municipio es más importante que el resto de los que integran el Área, generando distorsiones en cuanto a autonomía, distribución de recursos y toma de decisiones, esto teniendo en cuenta, que el objetivo es la eficiencia en la administración de los recursos y la suma de esfuerzos y presupuestos para hacer inversión no para los municipios si no para el Área Metropolitana. Aunque dicha asociatividad ha contribuido a la reducción de los indicadores de pobreza y a la consolidación de Redes Metropolitanas de Transporte Público integradoras que benefician a los ciudadanos, no se puede desconocer las falencias que aún persisten.
Esto conduce a examinar las diferencias entre Área Metropolitana y lo que se ha concebido como Región Metropolitana, entendiendo que la primera determina un Municipio Núcleo, lo cual supone que el mismo se puede imponer impidiendo decisiones de otros municipios, sumado a esto, anexar municipios conlleva a perder autonomía territorial y poder político, a diferencia de la Región Metropolitana no participa la gobernación lo cual impide a los municipios jugar de igual a igual, es decir, que este nuevo instrumento busca lograr un instrumento de equidad entre Bogotá y Cundinamarca, así mismo, desconcentrar y hacer posible múltiples núcleos de desarrollo. Frente a la integración de los municipios en el Área Metropolitana se realiza a través de una consulta popular y en materia de acceso a recursos de carácter nacional, cobra relevancia promover e impulsar proyectos en cabeza de la Región Metropolitana donde participa la gobernación y los municipios asociados, a diferencia de los proyectos que puede presentar un Área Metropolitana que solo se encuentra integrada por municipios, pues no se genera la misma presión.
Algunas de las preocupaciones sobre la constitución de la Región Metropolitana Bogotá –Cundinamarca han sido sobre: Primero, el mecanismo para que los municipios hagan parte de la Región, se deberá determinar si es a través de una consulta popular – definiendo si es con umbral ordinario o umbral de aprobación- o por decisión del concejo o el alcalde. Segundo, la garantía en que no haya cambios en el uso del suelo en detrimento de la estructura ecológica principal. Tercero, teniendo en cuenta que los Planes de Desarrollo y los Planes de Ordenamiento Territorial deben armonizarse en un Plan de Largo Plazo – 30 o 50 años- como garantizar que se haga sin que los municipios pierdan su autonomía. Cuarto, como resultado de este proceso la Región metropolitana no modificará el régimen de financiación de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca –CAR, ni los municipios que componen en su jurisdicción. Sin embargo, no es claro cuáles serán los parámetros para establecer la armonización de funciones entre la CAR y la Secretaría de Ambiente.
Una de las preocupaciones más reiteradas que debe ser precisada en la Ley Orgánica es la identificación de los Hechos Metropolitanos y Regionales en cuanto a: Ordenamiento territorial y usos del suelo, Residuos Sólido y el Relleno Sanitario Doña Juana –RSDJ- (traslado de problemática que viven las localidades de Usme y Ciudad Bolívar a otro municipio), educación, seguridad alimentaria, fuentes hídricas, Rio Bogotá, aspectos económicos, entre otros.
De acuerdo a lo anterior, el Concejal Celio Nieves Herrera del Polo Democrático Alternativo, concluye que, teniendo en cuenta las inquietudes de la ciudadanía y de los entes territoriales, no existe un impedimento legal, o constitucional en este caso, para que la integración de la Región Metropolitana se vote en la respectiva Corporación Pública de Elección Popular antes de la expedición de la Ley Orgánica. Sin embargo, para generar un debate informado sobre el funcionamiento de la Región, es preferible que dicha integración de la Región Metropolitana se discuta y vote habiendo conocido previamente el contenido de la Ley Orgánica, pues en ella se precisarán las incertidumbres que se han generado alrededor del tema, ello permitirá que el Concejo Distrital, los Concejos Municipales y la Asamblea Departamental ejerzan el control político necesario a las decisiones tomadas en la Región Metropolitana Bogotá – Cundinamarca, la cual cuenta con 10 millones 331.626 habitantes, que representa el 33% del Producto Interno Bruto –PIB- del país y con infinitas problemáticas sin resolver para mejorar la calidad de vida los ciudadanos. Se espera que esta nueva figura no solamente reconozca la conurbación existente, sino que además se avance en la disminución de brechas urbano- rurales existentes.
Nieves Herrera, hace énfasis en que la decisión democrática tomada por el Concejo de Bogotá debe ser producto de la participación y discusión ciudadana.