Se debe aplicar de manera correcta el Código Nacional de Policía y Convivencia frente a la ocupación del espacio público.

El concejal de la Gente Álvaro Acevedo manifestó que la multa impuesta a un ciudadano por comprar una empanada a un vendedor informal, en aplicación del Articulo 140 numeral sexto de la ley 1801 del Código Nacional de Policía y Convivencia, donde se establece que se castigará con una multa tipo 4 ($ 883.324), a aquellos que promuevan o faciliten la ocupación del espacio público, es un acto arbitrario, toda vez que existe una interpretación y aplicación errada de la norma, ya que ésta hace alusión únicamente a las grandes mafias que se han dedicado a explotar el espacio público mediante la modalidad de arrendamiento del mismo, más no dirigir la sanción hacia los vendedores ambulantes y estacionarios e igualmente a las personas que compran sus comestibles y otra clase de artículos.

Ésta no es la forma de restituir al espacio público sancionando al comprador y llevando a la quiebra a los vendedores informales (ambulantes y estacionarios).

El cabildante de la bancada del partido Liberal considera que la norma es clara en su numeral sexto cuando dice: “…..en violación de las normas y jurisprudencia constitucional vigente.” ya que la misma jurisprudencia ha garantizado los derechos de los vendedores estacionarios y ambulantes en este país, ha impendido que se ejerza la restitución del espacio público como se hacía en décadas anteriores, donde era la arbitrariedad la que imperaba, se decomisaban las mercancías y se maltrataban a los vendedores ambulantes o estacionarios; hoy la jurisprudencia ha avanzado y le garantiza los derechos a todos los vendedores informales, precisamente hasta tanto la administración no les dé una solución laboral o de reubicación no se podrá restituir el espacio público; entonces pretender sancionar con estas multas a las personas que compran es una forma ilegal de recuperar el espacio público.

También solicitó al Director General de la Policía Nacional, al Comandante de la Policía Metropolitana de Bogotá Hoover Alfredo Pinilla y a los diferentes Comandantes de Estación de Policía de la capital de la república, capacitar a sus agentes del orden y aplicar la norma ya mencionada de manera correcta, ya que la misma está dirigida a aquellos que han hecho de esto un negocio y han constituido empresas tendientes a explotar el espacio público, más no, a los compradores ocasionales o a los vendedores informales.

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