El Concejal Julián Forero solicitó “Investigación Disciplinaria” y “Suspensión Provisional” del agente de tránsito que el día de hoy (16/12/2024) agredió físicamente a un vigilante del almacén ARA ubicado en la Avenida Calle 53 No. 21-21, aproximadamente a las 12:30 p. m., momentos en que se presentó un altercado relacionado con la inmovilización de una motocicleta.
Es importante reiterar a la ciudadanía que se deben respetar los agentes de tránsito, sin embargo, también se hace un fuerte llamado de atención a los servidores públicos, en este caso, los agentes de tránsito del distrito, para que cumplan cabalmente con sus deberes y obligaciones y se abstengan de cometer conductas ilegales, cometer abusos de autoridad y agresiones físicas o verbales a los ciudadanos.
En cuanto a las consecuencias jurídicas de este tipo de actuaciones tenemos que, por un lado, el agente de tránsito que agreda un ciudadano, podra ser sancionado penal y disciplinariamente, lo que le puede acarrear no solamente una pena de prisión, sino también la pérdida de su puesto a través de una sanción de “Destitución e inhabilidad hasta por 20 años, según el Código General Disciplinario.
Mientras que, el ciudadano que agreda un agente de tránsito puede ser judicializado por el delito de “Violencia contra servidor Público”, tipificado en el artículo 429 del Código Penal-Ley 599 de 2000, el cual contempla una pena de prisión de (1) a tres (3) años.
La invitación es que haya un respeto de parte y parte, pues no se puede permitir que las vías se vuelvan un campo de batalla entre conductores y agentes de tránsito.
Finalmente, los agentes de tránsito no pueden olvidar que, en su calidad de servidores públicos, pueden verse inmersos en responsabilidad por omisiones y extralimitaciones en el ejercicio de sus funciones, motivo por el cual, siempre sus procedimientos deben estar ajustados a la Constitución y a la ley.
JULIÁN FORERO CASTEBLANCO
Concejal de Bogotá
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