El Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló a favor del Concejal de Bogotá Julián Rodríguez Sastoque una acción de cumplimiento que él interpuso contra el Presidente Iván Duque para que termine de reglamentar la Ley de Páramos – Ley 1930 de 2018 -, específicamente la figura de gestores de páramos, que se encuentra contemplada en su artículo 16. El Tribunal consideró que el presidente incumplió su obligación legal y le ordenó junto al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expedir la reglamentación en un plazo máximo de seis (6) meses.
El Tribunal tuvo en cuenta que, luego de cuatro (4) años desde la entrada en vigencia de la ley, el Gobierno Nacional, en cabeza del presidente Iván Duque, ha sido renuente en reglamentar la figura de gestores de páramos, que busca empoderar y apoyar con financiación a los habitantes tradicionales de estos ecosistemas estratégicos para el país. Lo anterior, en razón a que desde julio de 2019 engavetó la reglamentación correspondiente.
Rodríguez Sastoque le solicitó al Presidente Iván Duque que, en lugar de apelar el fallo, lo cumpla en su integridad antes de terminar su mandato el 7 de agosto. En su defecto, confía en que el Presidente electo Gustavo Petro lo haga, en línea con su compromiso de proteger el medio ambiente y conservar los páramos para lograr una “Colombia, potencia mundial de la vida”.