Para la Concejal Gloria Díaz Martínez del Partido Conservador, el fallo de la Corte Constitucional deja sin herramientas jurídicas a la Policía Nacional para realizar el debido control del ruido excesivo en las zonas residenciales.
Esto, debido a que la Corte indica que la Policía Nacional solo podrá ingresar a un inmueble privado, previo a la verificación con equipos electrónicos de medición de ruido, lo cual implica todo un procedimiento con el cual no cuentan las autoridades policiales actualmente.
De acuerdo con información recibida, por parte de la Secretaría de Ambiente, en la mesa de trabajo realizada el mes pasado en la Bahía de los Mariachis; Bogotá solo cuenta con dos equipos de medición de ruido para una ciudad de más de 7 millones de habitantes.
La medida hace inoperante lo dispuesto en el literal a) del numeral 1 del artículo 33 del Código, que define al ruido excesivo como un comportamiento que afecta la tranquilidad y la convivencia y facultaba a la Policía a entrar a las casas y desconectar el origen del sonido, puesto debería cada policía contar con un equipo de medición y además cumplir con el procedimiento eminentemente técnico que se establecen en la Resolución 627 de 2006, “Por la cual se establece la norma nacional de emisión de ruido y ruido ambiental”
“Otra medida de la Corte que afecta el respeto que merecen los derechos de los demás ciudadanos, en el entendido que esto constituye pilar fundamental para una sana convivencia”, comenta la Cabildante.
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