La asamblea de biciusiarios se realizó el pasado viernes en las instalaciones del Concejo de Bogotá y contó con la presencia de más de 100 representantes y líderes de las comunidades. El Cabildante Sáenz ha venido liderando diferentes iniciativas para la consolidación de una política pública para la bicicleta en el Distrito que, más allá de la construcción de ciclorrutas y bicicarriles, incluya la promoción y la pedagogía, además de herramientas para seguridad de los biciusuarios. A propósito de esta asamblea expresó, "La consolidación de la bici en la capital es un objetivo que sobrepasa los intereses partidarios y debe convertirse en una apuesta de la ciudad para todos los habitantes de Bogotá. Los colectivos que promueven el uso de la bicicleta como alternativa para la movilidad limpia tienen la madurez suficiente para buscar apuntalar una política pública integral y sostenida en el tiempo que logre concretarse más allá de los avances de la Bogotá Humana. Para apoyar esta valiosa labor es necesario que los concejales de todos los partidos rodeemos estas iniciativas y avancemos sobre la base de que esta apuesta es de fundamental importancia para la ciudad, ante la urgencia de mitigar los efectos más negativos del cambio climático hacia los años venideros y frente a la necesidad apremiante de mejorar la calidad del aire que respiramos los habitantes de Bogotá.", señaló el Concejal Ambientalista.
Decreto propuesto por biciusuarios para combatir robos
Durante el último año, los colectivos de biciusuarios junto a la Secretaría Distrital de Gobierno, han sostenido una serie de reuniones con el objetivo de elaborar propuestas para la promulgación de un Decreto que permita enfrentar con herramientas concretas la problemática creciente de la inseguridad para quienes utilizan la bicicleta como medio de transporte en las avenidas y calles de la ciudad.
El Concejal Sáenz ha acompañado de cerca el proceso y al respecto afirmó, "La Bogotá Humana ha hecho un avance importante en la promoción del uso de la bicicleta en la capital. El éxito de esta política se constata en el aumento registrado en el total de viajes diarios en bicicleta. Una consecuencia negativa del aumento en el número de bicicletas circulando en la ciudad, ha sido el aumento en el robo de estas. Con base en un informe muy completo elaborado a partir de información recopilada por los colectivos de biciusuarios, se ha logrado establecer que más del 70% de los robos ocurren por descuido. Por esto, la propuesta de Decreto plantea como medida de choque la construcción de biciparqueaderos en toda la ciudad que faciliten al biciusuario dejar su vehículo en la calle de manera segura. Además de esto, el informe permite identificar los corredores viales donde más ocurren los atracos. En ese sentido, el texto propuesto presenta la iniciativa de implementar bicicorredores seguros. Se trata de un plan de acción coordinada entre autoridades del Distrito y Policia para ofrecer seguridad en puntos focalizados donde transitan un número creciente de biciusuarios." señaló el Concejal Ambientalista.
Este es el texto completo del borrador del Decreto:
PROPUESTA DE
DECRETO _________ DE 2014
(Febrero 21)
“Por medio del cual se reglamentan los Cicloparqueaderos Seguros y el Registro Único para Bicicletas en Bogotá y se dictan otras disposiciones”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, D.C.,
Considerando:
Que la Constitución Política de Colombia en artículo 78 dice: “La ley regulará el control de calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad, así como la información que debe suministrarse al público en su comercialización. Serán responsables, de acuerdo con la ley, quienes en la producción y en la comercialización de bienes y servicios, atenten contra la salud, la seguridad y el adecuado aprovisionamiento a consumidores y usuarios”.
Que la Ley 769 de 2002, Código de Tránsito Nacional en el capítulo 5, artículos 94, 95 y 96 establece las normas generales para bicicletas, triciclos, motocicletas y moto triciclos.
Que el decreto 036 de Febrero del 2004 dice: “El presente decreto aplica a los predios destinados a estacionamientos en superficie existentes o que se habiliten para tal fin en el Distrito Capital.” Se dictan las características para “Diseño y normas de las fachadas de los estacionamientos en superficie:” en el artículo 9° die: “Se destinará un estacionamiento de bicicletas por cada 10 parqueos de vehículos. En los parqueaderos con un número de cupos de estacionamiento inferior a 120 vehículos, el mínimo de estacionamiento de bicicletas será de 12 cupos.”
Que en el acuerdo 236 de Junio 29 del 2006, en el artículo 1° dice: “Las entidades públicas del Distrito Capital deberán acondicionar un espacio en sus parqueaderos que ofrezca seguridad para parquear bicicletas, de acuerdo a los recursos disponibles y a la capacidad instalada.”
Por medio del decreto 268 de Junio 30 del 2009 dice: "Por el cual se reglamenta el Acuerdo 356 de diciembre 29 de 2008, que adoptó medidas para el cobro del estacionamiento de vehículos fuera de vía" en el parágrafo 1° establece: “El valor máximo del servicio por minuto para bicicletas en cualquier zona y nivel de servicio será de diez pesos ($10.oo).”
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Objetivo. Reglamentar los Cicloparqueaderos seguros y el registro único de bicicletas para Bogotá.
ARTÍCULO DOS: Cicloparqueaderos en entidades Públicas: Las entidades públicas con sede en Bogotá deberán acondicionar un mínimo de 20 espacios para el parqueo de bicicletas de funcionarios y visitantes, garantizando la seguridad de las mismas mediante un registro de entrada y de salida.
ARTÍCULO TRES: Cicloparqueaderos en superficies: según lo establecido en el artículo 3 del Decreto 036 de 2004; “se destinará un establecimiento de bicicleta por cada diez parqueos de vehículo. En los parqueaderos con un número de cupos de estacionamiento inferior a 120 vehículos; el mínimo de estacionamiento de bicicletas será de (12) doce cupos.
ARTÍCULO CUATRO: La Secretaria de Gobierno deberá crear el Registro Único de Bicicletas de Bogotá.
PARAGRAFO PRIMERO: La Plataforma virtual para el registro único de bicicletas deberá contener datos de improntas del cuadro o marco de la bicicleta y nombre y documento de identidad del propietario.
PARAGRAFO SEGUNDO: Los establecimientos públicos dedicados a la comercialización de bicicletas nuevas en Bogotá, deberán registrarlas en la Plataforma virtual creada para el registro único de Bicicletas.
PARAGRAFO TERCERO: Los propietarios de bicicletas usadas podrán registrar sus vehículos en la plataforma virtual de registro único de manera voluntaria.
ARTÍCULO QUINTO: La Secretaria de Gobierno coordinará con la Policía Metropolitana de Bogotá el cumplimiento de artículo cuatro del presente decreto.
ARTICULO SEXTO La Secretaria de Gobierno definirá los mecanismos sancionatorios para los establecimientos públicos que incumplan el presente decreto.
ARTICULO SEPTIMO: La Secretaria de Gobierno impulsará la creación y puesta en marcha de un sistema integrado de identificación voluntario de bicicletas mediante la implementación de dispositivos electrónicos y de lectura fabricados mediante estándares de calidad.
ARTICULO OCTAVO: La Secretaria de Cultura Recreación y Deporte con sus entidades adscritas promoverá estrategias para fomentar el uso de bicicleta en Bogotá como medio de trasporte cotidiano, seguro y sostenible.
ARTICULO NOVENO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y deroga las demás normas que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D. C., a los ______ de febrero de 2014
GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO
Alcalde Mayor
HUGO ERNESTO ZARRATE OSORIO
Secretaria Distrital de Gobierno






